2:30 a.m. Suena el despertador. Ya todo está listo para enrumbar al aeropuerto. En el camino, más que la tensión propia del viaje, surgen interrogantes respecto a la misión que me llevará a Puno. Me espera el presidente regional, recién estrenado en el cargo y voy a abogar por el cofinanciamiento de un Centro de Excelencia para el manejo de la tuberculosis para el Hospital de Juliaca.
¿Cuánta disposición tendrá la nueva autoridad para un proyecto iniciado durante el gobierno de su antecesor? Eso lo sabré en unas horas, tan pronto llegue a Puno, pensé. Lo que estaba lejos de avizorar es que no llegaría a Puno...por lo menos ese día.
Lo más lejos que alcancé fue el counter de LAN, donde la encargada me diría que no podía embarcar porque mi DNI estaba vencido. ¿Cómo? ¡Pero si ya hice mi trámite de renovación y en dos días me entregaran el nuevo!, repliqué, mostrándole el comprobante emitido por la Reniec. Lo siento -responde la señorita- el comprobante no vale. Entonces, permítame hablar con su supervisora, retruqué.
Peor aún. La superpoderosa supervisora solo repite hasta el cansancio que el DNI no es válido y con generosidad digna de todo encomio me indica que regrese a mi casa a traer el pasaporte. ¿Qué? ¿Puede el pasaporte tener más valor que el DNI en trámite de renovación para circular por el territorio nacional? Además, emplear dos horas para ir a la casa y volver con el pasaporte, ¡cuando usted puede chequear en el sitio web de Reniec que la persona que tiene al frente existe! Por supuesto, la supervisora no accedió a entrar a la web.
El resultado: un viaje frustrado, un asiento más disponible en LAN (¿lo habrán vendido?) y a comprar un nuevo pasaje porque el anterior se perdió y no admitía cambio.
¡Qué curiosa interpretación de las normas! Si oficialmente el DNI sólo se suspende por fallecimiento o por pérdida de la libertad, ¿por qué una persona viva y libre debería ser privada de su derecho a transportarse? Máxime si durante el trámite pasa por la verificación de requisitoria en el aeropuerto, con lo cual queda descartada la segunda condición, en tanto que la primera es inobjetable a la vista.
En mi caso, y en el de muchísimas personas, algunas de las cuales conozco, el DNI se convirtió para los funcionarios de LAN en un DNS, léase De Nada Sirve.
Quizás una transacción bancaria podría cuestionarse en situación de caducidad del DNI. Sin embargo, esto es relativo porque la banca electrónica está exceptuada; de manera que no encuentro razones legales para impedir el viaje al interior del país por este motivo, sobretodo si no existen razones como las señaladas para no renovarlo. Finalmente, ¿quién pone las reglas en este país? ¿la Reniec o las empresas?
Con esta experiencia, deseo advertirle a usted, amable lector o lectora, que revise bien su Documento Nacional de Identidad, pues de pronto ha dejado de tener un DNI y está portando un DNS. ¿Qué deben hacer las autoridades ante la actitud de empresas, como la aerolínea que menciono, que tienen su propia intepretación de las normas?
Virginia,
Para comentarte que los únicos beneficiados con todo esto son las líneas aéreas. Ni bien confirman el no registro de algún pasajero ponen el asiento disponible, así nunca pierden, sobre todo LAN que hace y deshace en el Perú.
Para que van a querer los chilenos hacernos la guerra si ya nos “golpean” con la venta de pasajes aéreos y sus innumerables condiciones para que siempre sea el pasajero el que pierde. El 10 de enero cancelaron muchos vuelos de y hacia Lima, y algunos pasajeros tuvieron que irse en bus, pero ingrata sorpresa al querer activar su pasaje de retorno, ya que simplemente lo perdieron.
Hoy, para no parecer un robo a mano armada, te devuelven el importe del boleto, pero claro, como tienes la necesidad de volver en la misma fecha, ¡sorpresa! Ahora tu boleto cuesta el doble. Que impotencia que genera esto. Da tanta cólera y no comprendo porque no hay inversiones peruanas para nuevas líneas aéreas. ¿Por qué dejamos el monopolio en manos de LAN?
A mi parecer no hay que tapar el sol con un dedo, la ineptitud del trabajo de la Reniec no es noticia nueva, les contaré mi caso.
Hice el trámite gratuito para sacar el DNI de mi hija recién nacida, el cual tenía fecha de entrega el 5 de noviembre de 2011. Fui ese día y aún no estaba hecho. La fecha de entrega fue el 11 de noviembre. Cuando lo revisé, me percaté que se habían equivocado al escribir la dirección (habiéndome pedido copias de algún recibo de servicios el día de emisión del documento), pero el personal se amparaba en que esos documentos no eran para verificar la dirección. Entonces, ¿para qué sirven?
Empecé el día 11 de noviembre el trámite de reproceso de DNI y me dijeron que recién podían tener una respuesta de si es que lo aceptaban o no después de 1 mes, el 5 de diciembre. Me acerqué esa fecha y ni siquiera se habían enterado del reproceso, la Sra. Guadalupe Miryam Mateo Paucar de Ruiz, quien me atendió, me dijo que no habían atendido siquiera la queja.
Ante mis ojos mandó un correo al área de reproceso para que atiendan mi caso a la brevedad y muy amablemente me dijo que iba a devolverme la llamada en una semana. Obviamente nunca recibí una. Hoy, 27 de diciembre de 2011, llamo al área de reproceso de la Reniec y me dicen que recién el 23 de diciembre han atendido mi caso, encima rechazan mi petición porque dicen que los padres firmaron el documento erróneo y cuando pido que me manden a mi mail una muestra del registro que demuestre lo dicho, me mandan nuevamente a las oficinas de San Borja, ¿para qué?
Nunca me pudieron mostrar el registro y sólo me rectifican el rechazo. Finalmente, mi hija tiene ya 3 meses, sin DNI. No me muestran pruebas de mi error al haber firmado y estamos 27 de diciembre de 2011, 9:55 a.m. y en la oficina de San Borja no existe ningún documento ni mail ni nada que me demuestre como es el estado del DNI de mi hija.
Demostrado. La atención y el trabajo del personal de la Reniec deja mucho que desear.
Yo mantengo otra posición. Lamentablemente para todos existe un Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Decreto Supremo Nº 015-98-PCM
http://www.reniec.gob.pe/portal/AcercaReniec.jsp?id=52#cap6
El Artículo 94 indica que la solicitud de renovación deberá efectuarse dentro del período que comprenda los 60 días previos a la fecha de caducidad del DNI.
El Artículo 95 indica que el DNI que no sea renovado dentro del plazo establecido en el Artículo 92 precedente (6 años) perderá vigencia y en tal caso, y hasta no obtener su DNI renovado el titular no podrá realizar ninguno de los actos señalados en el Artículo 84 del presente Reglamento.
Artículo 84.- El Documento Nacional de Identidad (DNI) debe utilizarse para:
a) Los casos en que la persona requiera acreditar su identidad.
b) Sufragar en elecciones políticas.
c) Solicitar la inscripción de cualquier acto relativo al estado civil u obtener certificaciones de los mismos.
d) Intervenir en procesos judiciales o administrativos.
e) Realizar cualquier acto notarial.
f) Celebrar cualquier tipo de contrato.
g) Ser nombrado funcionario público.
h) Obtener pasaporte.
i) Inscribirse en cualquier sistema de seguridad o previsión social.
j) Obtener o renovar la licencia de conductor de vehículo.
k) Los casos en que por disposición legal deba ser mostrado por su titular.
Por lo que usted menciona, el trámite de renovación lo inició después del vencimiento de su DNI, incumpliendo la norma. Cumplamos primero nosotros las normas establecidas, inevitablemente, la ley es la ley.
Ok Mario, pero ponte a pensar que no todos tenemos la facilidad que de pronto tú sí. Algunos por motivos de trabajo estamos fuera de Perú, donde no existe un consulado, o digamos por ejemplo por enfermedad o accidente no pudiste renovar tu DNI, y requieres asistencia médica y viajar, ¿no puedes hacerlo? Es ilógico, en todo caso las normas son ilógicas, ¿no te parece?
Buenas tardes,
Leyendo todos estos hechos tengo una duda ya que necesito viajar al interior del país con mis hijos menores de edad. A uno se le perdió el DNI, ya hice el trámite, pero me lo entregarán todavía el 15 y necesito viajar el 10.
¿Me dejaran abordar el avión con el ticket solamente o tengo que sacar la certificación de inscripción? Agradecería que alguien que me oriente al respecto.
Me parece que están vulnerando la Constitución Política Peruana, en los derechos ciudadanos, sobre la libertad de tránsito. No es posible que impidan el libre tránsito aduciendo una disposición de RENIEC, ya que ellos prestan sus servicios para identificación ciudadana, y cuando una persona denuncia un robo o pérdida de su DNI, la policía se encarga de verificar por intermedio de la red de RENIEC si se trata del individuo que dice ser.
En otras palabras, acude a un dispositivo validado por RENIEC para verificar la identidad del individuo en cuestión, deviniendo esta denuncia policial en un documento probatorio de su identidad, que es en fin el espíritu de la creación del famoso DNI.
Por favor, defenestren a LAN por mal criterio, y a las autoridades del RENIEC que enmiendan la plana a la Ley de Leyes. Indudablemente la Compañía Lan no pierde. Obviamente le conviene, en este corto plazo, que la mayoría de las personas pierdan su boleto comprado con un mes de anticipación. Vamos a ver si INDECOPI hace algo al respecto, incluso creo que debería pronunciarse el Tribunal Constitucional ya que impide el libre tránsito garantizado en la Constitución Peruana.
Yo tampoco pude abordar porque de camino al aeropuerto, por la incomodidad y el apuro, perdí mi DNI en el taxi. Es cierto que ahí la negligencia parte de los empleados de Lan ya que no son capaces de usar su criterio para poder solucionar un problema; y como dice alguien, ¿no basta con dar nuestro número de identificación?
Se supone que hoy ya todos están dentro de un sistema donde se puede saber si se trata de una misma persona o no. Es más, eso es lo que hacen cuando te piden tu DNI; lo ven, revisan el número y luego te lo devuelven. Quien los entiende al hacerte tanto problema y perder el tiempo si es un problema solucionable. Gracias.
Estimada Virginia,
Muy pertinente vuestra queja y preocupación por las incidencias acontecidas en LAN, sabes que situaciones similares suceden con más compañeros en trámites de rutina, siendo que lo que caduca en el DNI es el plástico, esto es válido para realizar algunos trámites, empero nuestra identidad sigue intacta o acaso nuestra identidad caduca, ¿dejo de llamarme como tal por ello?
Por tanto, nuestra identidad como derecho fundamental (el nombre) no se cuestiona, siendo de suma importante estimada Virginia saber el resultado de tu queja ante Indecopi, pues asumo que el mismo lo presentaste como usuario de un servicio que se sintió marginada en el mismo, creo también interesante haber acudido a la vía del PJ con una acción de garantía constitucional contra LAN.
Estoy en el mismo caso. Tengo el DNI vencido, pero ya lo tramité y tengo el ticket que entrega la Reniec. Encontré en Internet este caso y creo que la solución para viajar con el DNI vencido lo dice textualmente. Revisen esta página:
http://1015.qa.lan.com/es_pe/about_us/noticias/20090803_documentos_requeridos.html
Saludos Dra. Baffigo
Lo saluda el Tnte. CBP Jhony Ponte Bermúdez de la Compañía de Bomberos Roma 2 de la cual es miembro su hermano el Dr. Baffigo. Muy buen articulo.
Considero una falta de respeto y una falta de criterio, el haberle solicitado el pasaporte a cambio de su DNI. A veces pareciera que entrenaran como robots al personal del Counter de LAN.
Esto no sólo sucede en empresas extranjeras sino también en nacionales.
Definitivamente no podemos permitir que vuelva a pasar una situación. Debemos hacer respetar nuestros derechos para que la gente de LAN no abuse.
De acuerdo contigo, Jorge. Tan pronto pude interpuse una queja contra LAN ante INDECOPI, la cual se encuentra aún sin resolver, a pesar de tratarse de un proceso sumarísimo. Cuando se produzca el desenlace de este trámite, lo escribiré para compartirlo con los amables lectores como tú. Un abrazo.
Lo sucedido no es culpa de RENIEC ni de LAN sino del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, quien sacó una norma de prevención y seguridad por los problemas de asalto y por los delincuentes que falsifican los documentos. Sin embargo, los de LAN tienen que tener un poco de criterio y saber cómo solucionar esos inconvenientes. En conclusión, hay que tener un poco más de cuidado con los documentos vencidos y que los tickets de trámite sean también válidos.
Qué buena información, Frank. La verdad desconocía esta norma del Ministerio de Transportes, la voy a buscar ya que puede servir como una evidencia más en la queja que he interpuesto ante INDECOPI contra LAN. Muchas gracias por el dato. Un abrazo.
Menos mal yo si pude viajar ida y vuelta a Lima y provincia por LAN y con el DNI vencido. Afortunadamente, la persona que revisaba el DNI aceptó mi voucher de trámite. Sin embargo, estoy de acuerdo y creo que este hecho debe ser expuesto a INDECOPI y LAN Perú por la falta de criterio.
Hola Percy. Tu narración pone en evidencia cuánta discrecionalidad existe en los empleados de LAN que en ocasiones actúan aceptando DNIs vencidos y en otras los rechazan. Coincido contigo en que este hecho debe ser materia de queja ante INDECOPI y así lo he hecho. Veamos en qué termina la queja. De todas maneras se lo cuento. Un abrazo.
Estamos ante una situación que no debe repetirse para ningún peruano. El Estado debe dar facilidades y no dificultades a los ciudadanos. No podemos tener DNI con fecha de vencimiento, no es un medicamento ni un alimento que haga daño a partir de una determinada fecha. Creo que ese criterio debe desaparecer. Que se pueda cambiar por estado civil o cambio domiciliario, eso sí es aceptable, pero el dar la calidad de vencido a un documento que consigna nuestro nombre, edad, fecha de nacimiento, etc. ¿Tiene sentido?
Me hace acordar cuando la SUNAT puso fecha de vencimiento a los recibos de honorarios profesionales. Miles de profesionales debimos dejar de usar talonarios completos porque a algún asesor o funcionario se le ocurrió que los papeles tenían vencimiento, que eran chocolates o antibióticos e "iban a matar a la gente que los usaba". Felizmente primó la cordura y se dio marcha atrás, como debe hacerse con el DNI.
De esas deficiencias del Estado se aprovecha LAN (aerolínea de monopolio) para hacer lo que le viene en gana; abuso de poder para lucrar con el pretexto de no tener "al día" el DNI. Como ya le vendieron el pasaje al usuario, lo bajan del avión y venden (a buen precio por supuesto porque es del momento) el cupo que deja (o cupo que ellos crearon buscando pretextos absurdo), doble ganancia por asiento.
¿Dónde está INDECOPI, la Defensoría del Pueblo?, ¿cuál es el costo para el ciudadano de perder un vuelo por ese detalle?, ¿el costo de oportunidad?, ¿el compromiso incumplido?, ¿el contrato que se pierde?, ¿la honorabilidad del profesional?, ¿los gastos de ir y venir al aeropuerto?, ¿de postergar las fechas?, etc. Autoridades más respeto por favor por el ciudadano de a pie.
Estimado amigo ( Master Rural), aprecio grandemente tu comentario porque nos da nuevas luces respecto a esta situación que como vemos por los múltiples comentarios, ha dejado de ser anecdótica para convertirse en cotidiana.
Esperemos que al igual que lo que nos cuentas sobre los recibos de honorarios profesionales, también LAN pueda revertir esta situación.
Habiéndome hechos todas (o casi todas) las preguntas que tan acertadamente mencionas, también llegué a la conclusión que debía interponer una queja ante INDECOPI y así lo hice. En mi caso pude hacerlo porque tengo un hermano abogado que me patrocina, pero que pasaría con los ciudadanos que no lo tienen y tampoco cuentan con recursos para pagarlo? Considero muy importante que podamos contribuir con un creciente movimiento de ciudadanos consumidores de bienes o servicios dispuestos a no aceptar un no por respuesta, cuando la razón nos asiste. Creo que nuestro Blog Conexión ESAN de hecho nos puede ayudar mucho para superar estas barreras. Un abrazo.
Deberíamos revisar a fondo la parte legal de este asunto. A mi parecer, LAN debería informar mejor al usuario sobre la importancia del DNI vigente. Por otro lado, considero que es la idiosincrasia del peruano la que genera todo esto. ¿Por qué esperar que un documento caduque para recién realizar el trámite?
Estimado Oscar,
Plenamente de acuerdo. Para poder ganar una causa debemos conocer en profundidad la legislación, ya que es muy fácil para una gran empresa como LAN ampararse en cierto marco legal. Por ejemplo en mi caso, la superpoderosa supervisora me dijo si había leído las condiciones de embarque, y al hacerlo me di cuenta que ellos ponen en letra chiquita las restricciones y aunque no se lea expresamente el DNI vencido como una de ellas, la empresa puede decir que bajo el famoso “Todo lo demás” esté el tema del DNI.- Un abrazo.
A mí también me pasó lo mismo, fue en Arequipa y también con LAN. Tenía el ticket para recoger el nuevo DNI en 10 días, ya que el mío también había caducado, además tenía otras actualizaciones. Me acerqué al counter y el supervisor sólo decía que la ley y el ministerio así lo exigían. No pude embarcarme y perdí los vuelos de ida y vuelta. Realicé un reclamo a LAN y me respondieron lo mismo. Al parece LAN entrena muy bien a sus empleados. Recomiendo pensar más de dos veces antes de tomar un vuelo en LAN.
Estimado ED, a sabiendas que la aerolínea jamás daría la razón a sus clientes, ya que intuyo es una política institucional, preferí quejarme ante INDECOPI. También estoy tentada de hacer un “boicot” a la empresa, lastimosamente por razones de trabajo debo viajar con frecuencia al interior del país y no me queda más salida que seguir usando sus servicios. Felizmente se avizora, aunque tímidamente, un mayor desarrollo en la aeronavegación nacional y esperemos que pronto LAN pierda el monopolio que tiene en la práctica y que eso lo obligue a tener más consideración por sus clientes. Un abrazo.
Disculpen que contradiga lo comentado hasta el momento, pero es la idiosincrasia del peruano (y me incluyo) esperar que caduque un documento para recién realizar el trámite. El espíritu de la norma apunta a que se debe tramitar la renovación 15 días antes de la fecha de vencimiento y de esa forma todavía se tiene el DNI vigente (la RENIEC no se queda con el DNI) y la ficha de trámite del mismo. De ese modo, ganamos tiempo. Una vez vencido el DNI ya se tiene uno vigente.
Tienes toda la razón, estimado Orlando. No debemos esperar que el documento caduque para iniciar el trámite. Siempre va a ser más saludable prevenir que curar. Sin embargo, no te parece que aun en el escenario más optimista, siempre habrá personas que tengan DNIs vencidos? Y cuál sería el trato frente a estas situaciones? Convendría pensar en la mejor manera de superar esta situación. Un abrazo.
Realmente en nuestro país se dan situaciones muy folclóricas como las que se relata. La línea aérea cuando quiere hace lo que quiere y es la máxima autoridad, su palabra es ley y nadie puede ir en contra de ella. Cómo es posible que a un ciudadano peruano le exijan en su país que muestre el pasaporte para identificarse. Señores de LAN, ¿dónde está el criterio o nunca lo han tenido? Un poco más de respeto a los ciudadanos que somos finalmente la razón de ser de todas las empresas.
Estimado Javier, También expuse este punto de vista ante INDECOPI, ya que el pasaporte es un documento emitido por la Dirección General de Migraciones, perteneciente al Ministerio del Interior y no por la RENIEC, de manera que no tiene más valor que el DNI para efectos de identificación personal en el país. Veamos cual será la respuesta ante la queja presentada. En un próximo articulo les contaré el desenlace. Un abrazo.
El problema parte porque no hemos unificado los documentos con un mismo número el DNI, pasaporte, brevete, etc. Estos deberían tener como fecha de caducidad la fecha de cumpleaños y renovables cada 2, 3 o 4 años según sea el caso.
Muy buena idea, estimado Juan. Sería muy bueno trasmitirla a alguno de los congresistas elegidos para el próximo congreso, a ver si se anima a hacerla suya y luchar por ella. Por mi parte, la tendré en cuenta de todas maneras para fines de abogacía. Un abrazo.
Creo que ante flagrante violación de los derechos del usuario de LAN, se les debería denunciar ante INDECOPI para que sean sancionados públicamente, no sólo administrativamente sino pecuniariamente. Esto serviría de disuasión para abstenerse de seguir actuando de esa forma en el futuro. Caso contrario, los reclamos no pasaran de una simple "mala anécdota". Hagámonos respetar como usuarios. Tal vez sea el camino más difícil de hacer, pero el más efectivo por la lucha contra el abuso al consumidor. Así contribuimos también a mejorar la calidad del servicio.
Estimada Mariela, Me parece fantástico que estemos todos en la línea que tú mencionas, hacer respetar los derechos de los consumidores. Precisamente, a fin de hacer prevalecer este derecho es que interpuse una queja contra LAN ante INDECOPI para que la aerolínea conozca el caso ya no solo desde el usuario sino desde la autoridad. En momento alguno pensé dirigirme a ellos porque es sabido que siempre van a argumentar que ellos tienen la razón. Ojala que INDECOPI obre con justicia y penalice de alguna manera la conducta de la empresa. Un abrazo.
En mi calidad de colaborador del RENIEC (Asesor Legal - JR5-Chimbote) les pido disculpas por el malestar, pero la mala interpretación de la empresa LAN es la responsable de tremenda barbaridad. De hecho que siempre habrá un lapso de tiempo en que el DNI aparecerá en el sistema como caduco dado que hay un plazo de procesamiento y entrega; eso no podría estar en alguna norma porque son situaciones que se sobreentienden, más me parece un aprovechamiento de la empresa. Las disculpas son porque en todo caso, si no lo hay, debe haber un documento aclaratorio del RENIEC y evitar estas molestias a los ciudadanos. Opinión personal.
Estimado Carlos, aunque tu opinión haya sido vertida a título personal, la aprecio grandemente. Eres todo un caballero y un servidor público de gran valía. Sería muy interesante que RENIEC tratara este tema al más alto nivel, inspirada en tu comunicación y por supuesto sin mencionar tu punto de vista, escribiré a la Jefatura de RENIEC para darles a conocer este caso, acompañando copia de la queja interpuesta ante INDECOPI contra LAN y el de los demás colegas que han narrado sus propias vivencias. Un abrazo.
A mi parecer hay que revisar la parte legal de este asunto. Creo que el ticket de trámite demuestra que la persona o ciudadano sí se ha preocupado en renovar el DNI y por lo tanto debe gozar de todos sus derechos hasta recabar el nuevo documento.
Cierto, estimado Víctor. Considero que RENIEC es el órgano competente en la materia y debería emitir opinión legal antes que continúen siendo perjudicadas más personas, ahora que el transporte aéreo tiene una demanda creciente. Un abrazo.
A mi padre también le sucedió lo mismo. El counter se percató que viajaba con el DNI vencido, pero le indicaron que igual podría ir a sala de espera con el riesgo que sean los de migraciones quienes le limiten el acceso al avión. Era para un viaje de Lima a Arequipa. Al final viajó y de retorno en Arequipa le dijeron que no había problema porque si los de Lima lo habían dejado viajar entonces estaba bien. Hay que denunciar esto a INDECOPI. Las aerolíneas siempre venden el 10% más de su capacidad porque estiman que habrá gente que no viajará (overbooking).
Estimado Carlos, Agradezco que hayas compartido con nosotros esta experiencia tan cercana, que habla de prácticas no estandarizadas en la gestión del transporte de personas por las diversas empresas aerocomerciales. Esto me hace recordar al viejo dicho “a rio revuelto, ganancia de pescadores” Ojala podamos lograr que alguien ponga orden en medio de la desinformación y el aprovechamiento.
Yo tengo el DNI vencido y cuando fui a RENIEC, me ofrecieron entregármelo en 10 días. Me pareció mucho tiempo y el funcionario me dijo que sólo si tenía que viajar le daban prioridad (era mi caso) ya que con el DNI vencido no me iban a dejar subir al avión. Ahora me han ofrecido dármelo en un plazo de 5 días. Estamos en Perú, ¿algún candidato ofrecerá un mejor servicio?, ¿un sistema electrónico quizás? Para evitar las colas, papeleos, funcionarios mal humorados, etc., es mucho mejor interactuar con interfaces virtuales.
Estimado Jorge, Opino como tú, en el sentido de modernizar la gestión de RENIEC, entidad que ha ganado varios premios de buenas prácticas gubernamentales, pero que debe seguir en el camino de la mejora continua. Pensando de manera positiva, estimo que escribirles para plantearles una mayor agilización del trámite de emisión del DNI podría impulsarlos a introducir mejoras usando una mayor automatización en el manejo de la DATA e incorporar criterios como los que otros participantes en este FORO han emitido sabiamente: plazos indefinidos, plazos asociados a fechas de fácil recordación (cumpleaños, por ejemplo) etc. Quizás a partir de estas sugerencias podríamos abrir un foro más amplio y recibir nuevas ideas. Un abrazo.
A mí me tocó vivir la misma incómoda experiencia aunque como observador. Mis dos hermanas, una de ellas menor de edad y con permiso notarial firmado por mi madre autorizando el viaje, debían abordar el vuelo Juliaca – Lima con urgencia pues la menor de mis hermanas debía presentar sus documentos a la universidad. El caso es que mi hermana mayor tenía el DNI vencido y lo presentó junto con el ticket de trámite de RENIEC, subieron los equipajes y todo y al final les negaron el abordaje a las dos e incluso a la menor pues en el permiso notarial se especificaba que iba en compañía de su hermana. Igual les sucedió a 6 personas que abordan el mismo vuelo. Lo curioso es que ese vuelo estaba sujeto a promoción ida y vuelta y además hacía escala en Cusco (supongo que vendieron los asientos allá a los turistas sin promoción y a un precio mayor). El problema radica en la irresponsabilidad de la empresa LAN al no dar la información necesaria al momento de la compra de los boletos. Esto raya en la estafa. Finalmente, mis hermanas compraron sus pasajes en Star Perú el mismo día y presentando la misma documentación, abordaron sin problemas. ¡Qué curioso!
Estimado Néstor, Muchísimas gracias por compartir esta ingrata experiencia, lamento mucho que tus hermanas hayan tenido que pasar por tan mal momento. Esta es una prueba más de las malas prácticas de empresas que como LAN utilizan un vacío legal para sus propios fines. Considero que tu testimonio público puede ser un nuevo argumento a utilizar ante INDECOPI, estarías de acuerdo en que lo pudiéramos presentar junto con las opiniones de todos los participantes en este FORO? Un abrazo.
Usted puede denunciar este hecho ante INDECOPI y exigir la restitución del valor económico del pasaje ya que no existe ninguna norma que establezca un impedimento para viajar por no tener DNI vigente. En el mundo jurídico rige un principio constitucional de que todo lo que no está prohibido está permitido. Sería bueno que lo haga para así crear desincentivos a esa conducta y así otro consumidor no sea afectado.
Estimado José Carlos, Precisamente, alentada por el principio jurídico que mencionas presenté sin demora una queja contra LAN ante INDECOPI, la misma que aún se encuentra en curso. Se que han corrido traslado de la documentación a LAN, pero no estoy segura si han hecho participar de todo esto a RENIEC que en todo caso también es parte en este tema al no dar a conocer si existen más impedimentos que los que conocemos al estar vencido el DNI ( como las transacciones bancarias, por ejemplo). Ojalá estemos a tiempo para pedir que RENIEC emita opinión.Un abrazo.
¿Y no se puede denunciar a estas personas en INDECOPI? Le hicieron perder el vuelo, tiempo y dinero.
Sí estimada Jessica. Haciendo uso de mis derechos ciudadanos interpuse la queja contra LAN ante INDECOPI, solicitando un resarcimiento en el que se incluye el pedido de dar a conocer públicamente las restricciones (o no) que pesan sobre un DNI vencido o en proceso de renovación. Un abrazo.
Hasta donde se sabe, en las oficinas de LAN sólo te piden el DNI para identificarte, este no está o no tiene reglamentación alguna para no dejarte abordar a un avión. El vencimiento del DNI, como se dice, sólo exceptúa a los bancos y durante las votaciones, más no para cualquier tipo de identificación. En la parte del ticket de renovación, este no es un documento de identificación, pero sí un sustento con el cual se acredita que el DNI está en trámite y sumado a la presentación del DNI (vencido) es suficiente para acreditar que dicha persona es uno. Muy mal el personal de LAN por no dejarla abordar; no teniendo ellos ninguna jurisprudencia para decidir el valor del DNI.
Estimado Sebastián, Tienes toda la razón, ninguna empresa puede irrogarse la potestad de determinar si un ciudadano está en falta o no con relación a la renovación del DNI y aplicarle una sanción como es la de confinarlo en el lugar en que se encuentra al impedir su desplazamiento. Coincido en que prácticas de esta índole debían ser penalizadas, por ello he recurrido a INDECOPI. Ojala logremos un pronunciamiento favorable. Ya les cuento en el próximo articulo. Un abrazo.