ESAN

Escuela de Negocios

La descentralización en el Código de Consumo

Dos son las tareas claves del Estado para proteger al consumidor en el mercado. La primera es una activa acción rectora para hacer cumplir las leyes y la política nacional de consumo, y la segunda es la administración de justicia para la resolución de los conflictos. En la mayoría de países del mundo siempre se ha preferido diferenciar claramente a las instituciones a cargo de estas tareas. Las unidades que resuelven los conflictos son autónomas e independientes de los órganos a cargo de la tutela de los consumidores y del hacer que las leyes se observen. En la propuesta del Código de Consumo que recientemente el Ejecutivo ha enviado al Congreso, no se aprovecha la oportunidad para esclarecer esta diferenciación. El Indecopi tiene ambas funciones, la de tutela del consumidor y la de árbitro de los conflictos de consumo. ¿Pero se puede tutelar y ser árbitro a la misma vez? Para poder serlo se requeriría un nivel de autonomía y condiciones en el ejercicio de la función y carreras públicas que no existe en el Perú.

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Esta página contiene una sola entrada publicada el 16 de Abril 2010 9:21 AM.

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