¿Qué criterios evaluar en una APP de inversión pública y en una de inversión privada?

¿Qué criterios evaluar en una APP de inversión pública y en una de inversión privada?

Tanto el sector público como el privado deben trabajar en conjunto para definir el contrato de una APP de forma total. Analizar los siguientes criterios será fundamental para este propósito.

Por: Conexión Esan el 16 Abril 2018

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Cada vez cobran más importancia en el país las Asociaciones Público Privadas. El Ministerio de Economía y Finanzas prevé desde el 2017 que las APP sean equivalentes al 24,6 % de la inversión pública anual hasta el 2019. Es decir, que bordeen los 2500 millones de dólares en obras o servicios.

Sin embargo, para que esto sea posible, es necesario evaluar qué aspectos se toman en cuenta en una APP de inversión pública, y cuáles en una de inversión privada. En cuanto a la primera, estos consisten en los siguientes:

  • La empresa del sector privado debe ofrecer un modelo rentable en cuanto al diseño, construcción, mantenimiento, operación y financiamiento del proyecto. Además, debe tener beneficios en pro de la ciudadanía.
  • Es necesario analizar que la compañía sea capaz de solventar y solucionar todos los posibles riesgos del proyecto. La razón de esto es que el sector público transfiere casi la totalidad de los riesgos en el contrato de la APP en la mayoría de acuerdos. Aunque la responsabilidad sobre determinadas actividades varía según el proyecto, la gestión de la infraestructura recae sobre el sector privado.
  • Se necesita evaluar si será una inversión autofinanciada o cofinanciada. En el caso de esta última, el flujo de ingresos no es suficiente para recuperar la inversión del sector privado. Por ello, requiere de apoyo financiero del sector público. En caso de la clasificación autofinanciada, el flujo de ingresos es suficiente. Por ejemplo, la construcción de una carretera y el cobro de peajes en ella para recuperar la inversión exacta.
  • Es necesario que el Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada verifique si los principios, normas y lineamientos son correctos. Esto se da con el objetivo de agilizar la inversión privada y evitar inconvenientes legales.
  • La planificación del proyecto y la designación de cláusulas en el contrato deben evaluarse con las instituciones correspondientes. En el caso de la inversión privada, será la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, el Organismo Promotor de la Inversión Privada, ProInversión, Invierte.pe y el Consejo Regional o Consejo Municipal.

Por otro lado, en caso de una inversión pública, se tienen en cuenta los siguientes criterios:

  • Si la APP se clasifica como cofinanciada, se trata de un proyecto que se ha presentado como propuesta al sector del Estado. Por ello, es necesario que ProInversión evalúe si es rentable o no. Un ejemplo sería la creación de una planta de tratamiento de aguas residuales en una determinada región del Perú. Allí se necesitaría recobrar la inversión de la obra a través del cobro de arbitrios por parte del gobierno regional.
  • Se analiza cualquier posible pago dirigido a cubrir las obligaciones pactadas en el contrato, las cuales utilizarán recursos públicos. Estos pueden ser recursos ordinarios, provenientes de operaciones oficiales de crédito, contribuciones, arbitrios, impuestos, entre otros.
  • El cumplimiento de las cláusulas en el contrato, los parámetros establecidos para el proyecto, entre otros criterios, deben evaluarse a través de las entidades correspondientes. Estas son el ministerio designado, el gobierno local y el gobierno regional. Todo debe ir acorde según el Decreto Legislativo de APP en vigencia.

El sector privado y el sector público deben trabajan en conjunto para posibilitar un mejor crecimiento del Perú. A través de estos acuerdos legítimos se crean más obras de infraestructura y de servicios que traen trabajo y desarrollo al país. Es por eso que se debe evaluar todo tipo de inversión antes de comenzar con un proyecto.

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Fuentes:

La República. "Todo para las APP".

ProInversión. "Las APP en el Perú".

Ministerio de Economía y Finanzas. "Asociaciones Público Privadas".

Ministerio de Economía y Finanzas. "Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos".

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