Entre hacer contratos y ejecutarlos puede haber una gran diferencia

Entre hacer contratos y ejecutarlos puede haber una gran diferencia

En esta segunda entrega explicamos dos deficiencias que se han cometido en los procesos de concesión de infraestructura pública y como señalamos, Proinversión debería tomar cartas en el asunto para corregirlos y seguir avanzando por la senda de la captación de inversiones.

Por: Pierre Nalvarte el 03 Enero 2012

Compartir en: FACEBOOK LINKEDIN TWITTER WHATSAPP

El cuarto error o deficiencia se refiere al pago de las obras de concesiones cofinanciadas. Al respecto cabe indicar que las obras son ejecutadas por partes o hitos. Tras la supervisión y verificación respectiva, viene la aprobación de un hito de la obra y el consecuente pago o derecho irrevocable a percibir un pago en el futuro.

Los problemas comienzan con las llamadas variaciones de los metrados. Es decir, las diferencias entre lo establecido en los Estudios de Pre-Inversión, los Estudios Definitivos de Ingeniería (EDI) y lo ejecutado por el concesionario. 

En cada parte de la obra se producen variaciones de metrados, comúnmente excedentes, que van con cargo a ser reconocidos al final. Lamentablemente, la discusión para consolidar estos excedentes dura aproximadamente un año o más. El problema es que durante ese tiempo se paraliza el pago del tramo (hito) final al concesionario, ocasionándose un significativo perjuicio financiero. 

Y esto ha sucedido por lo menos con cuatro contratos de concesión. El problema es que a veces la diferencia en la valorización de un hito entre el concesionario y el concedente puede ser de 10% o 20%, pero al no haber un acuerdo completo se paraliza el pago del 100% del hito.

La solución más sencilla es establecer en los contratos de concesión un mecanismo ágil mediante el cual el Concedente debe pagar el monto de la valorización que no está en discusión. Y el saldo debe ser determinado por un perito. En general se deben establecer reglas que permitan flexibilizar el reconocimiento de aquellas porciones de la obra en que las partes concuerdan, aún cuando fuesen relativamente pequeñas.

Es aquí donde se aprecia más claramente la diferencia entre la teoría y la práctica. En teoría, si todo marchara sobre ruedas, no habría problemas en los contratos de concesión y por eso siguen siendo redactados de la misma manera, pero en la práctica la situación es totalmente distinta. Por ello, es necesario que Proinversión se nutra de la experiencia vivida en la ejecución de los contratos para así perfeccionar la redacción de los futuros contratos de concesión.

El quinto error al que nos vamos a referir se ha cometido en los casos de las carreteras entregadas en concesión en el norte del país y tiene que ver con los peajes cobrados a los usuarios de dichas vías. Sucede que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) está obligado a hacer obras de mejoramiento de la infraestructura, lo que se denomina "puesta a punto", para lo cual tiene un plazo determinado. 

El problema es que si el MTC no entrega la "puesta a punto" dentro del plazo, se procede a aumentar la tarifa del peaje porque así está establecido en los contratos de concesión, lo cual golpea directamente al usuario. En otras palabras, se castiga al usuario si el concedente no cumple con una obligación contractual. Lo peor es que se realiza un aumento de tarifas sin ejecutar las obras, lo cual genera disconformidad en la gente. Este es un problema social que luego sufren los concesionarios y que es ocasionado directamente por el diseño del contrato.

A manera de conclusión podemos señalar que para evitar se cometan errores similares en el futuro, las personas encargadas de elaborar los contratos de concesión de infraestructura pública, además de tener una sólida preparación académica del caso, deben tener experiencia en la ejecución de dichos contratos.

Una cosa es la elaboración de contratos y otra es su ejecución. Tanto como una es con guitarra y otra es con cajón. La elaboración de los contratos está a cargo de Proinversión y la ejecución a cargo de empresas del sector privado, con participación activa del Regulador y el Concedente. Si queremos perfeccionar los contratos de concesión y continuar atrayendo inversiones, Proinversión debe combinar la teoría con la práctica para diseñar concesiones cada vez mejores.

¿Qué medidas cree usted se deben tomar para evitar nuevos errores en futuros contratos de concesión de infraestructura pública?

Esta entrada contiene un artículo de:
Pierre Nalvarte
MBA con mención en Finanzas, ESAN. Diploma en Financiación de Infraestructuras del Transporte de la Fundación CEDDET, Madrid. Capacitación en Crystal Ball para Análisis de Riesgo, ESAN. Abogado, Universidad de Lima.
Profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN

Otros artículos del autor

Un contrato de APP es un medio, no un fin

28 Agosto 2015
Un reciente estudio de la Contraloría General de la República hizo alusión a la gran cantidad de adendas que han "sufrido" los contratos de Asociación Público-Privado (APP) y señaló que muchas de ellas pudieron evitarse si se tomaban determinadas precauciones al momento de diseñar el respectivo contrato. No obstante, es necesario ver el problema de fondo respecto de la ejecución de los contratos de APP.
  • Actualidad
  • Actualidad
  • Actualidad
  • Gestión Pública
  • Administración
  • Administración
  • Administración

Las iniciativas privadas cofinanciadas: ¿Quo vadis?

27 Julio 2015
Cuenta la tradición cristiana que Pedro, temeroso de la persecución contra los cristianos, escapa de Roma, pero en el camino se encuentra con Jesucristo y Pedro le pregunta: ¿Quo Vadis domine? (¿A dónde vas Señor?). Cristo contesta: Roman vado iterum crucifigi (Voy hacia Roma a ser crucificado de nuevo). Pedro, avergonzado, vuelve a Roma y luego será martirizado
  • Actualidad
  • Actualidad
  • Actualidad
  • Gestión Pública
  • Gestión Pública
  • Gestión Pública

La autosostenibilidad de una iniciativa privada

12 Enero 2015
La normativa vigente dispone que es obligatorio que una Iniciativa Privada Autosostenible especifique principalmente la información técnica y una evaluación económica y financiera del proyecto. Sin embargo, existen otros elementos necesarios para evaluar la autosostenibilidad y la conveniencia de este tipo de iniciativas.
  • Actualidad
  • Actualidad
  • Actualidad
  • Derecho Corporativo
  • Derecho Corporativo
  • Derecho Corporativo