Los días no laborables en el Estado

Los días no laborables en el Estado

El pasado 2 de junio, el Gobierno excluyó el jueves 29 de agosto de los días declarados no laborables para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, a través del Decreto Supremo 062-2013-PCM, el cual modifica el artículo 1 del Decreto Supremo 123-2012-PCM.

Por: Ricardo Herrera el 11 Septiembre 2013

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herrera_dias_laborables.jpgCabe recordar que los días no laborables compensables para el sector público este año eran nueve inicialmente, pero sin dar mayores explicaciones el Ejecutivo decidió eliminar el 29 de agosto de dicha lista. Lo más probable es que la decisión se deba a toda la crítica generada en torno a los feriados largos. Basta con ver la evolución de los días no laborables en el Estado, que de ser cinco en el 2011, pasaron a ocho en el 2012 y a nueve el 2013..

Hubo sectores que opinaron que lo más conveniente era trabajar que descansar, y que los feriados largos no habían generado el impacto económico que se esperaba en cuanto a la reactivación del mercado interno por el turismo que realizaban los servidores públicos con descanso.

Aparentemente se trata de un ensayo-error, dado que no se han barajado las estadísticas del Estado que demuestren cuánto se ha ganado en las zonas donde se supone que han ido a hacer turismo los empleados públicos frente a las horas-hombre perdidas en el Estado por la no atención en la administración pública.

Cabe recordar que en marzo del 2013, el PBI solo creció 3.01% debido a los feriados de Semana Santa. Hay además feriados no muy razonables, como el del 11 y 12 de febrero, que el año pasado alcanzó el Día de los Enamorados. No tiene lógica. Los demás días no laborables sí coinciden con los feriados tradicionales.

sumillas_herrera_dias_laborables.jpgPero si le agregamos los 30 días de vacaciones, los feriados regionales, los días especiales en el sector público, como el Día del Juez, tenemos empleados públicos con 45 a 50 días de descanso al año, lo cual los pone en una situación de privilegio frente a los trabajadores del sector privado que no necesariamente se acogen a esta norma, además del impacto negativo que se genera en la productividad.

Finalmente, hay que tomar en cuenta la mala costumbre existente en el Estado, por la cual cada vez que al día siguiente de un feriado suelen cerrar la atención al mediodía, lo que se contradice con un decreto supremo expedido en el 2011, el cual obliga a las entidades estatales a mantener abiertas las mesas de partes inclusive los sábados y domingos.

¿Está de acuerdo con que se mantenga el cronograma de días no laborables en el sector público?

Esta entrada contiene un artículo de:
Ricardo Herrera
Abogado, Pontificia Universidad Católica del Perú. Magister en Derecho Constitucional (Pontificia Universidad Católica del Perú). Actualmente Socio Principal del Estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman y Olaya Abogados.

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