Una mirada al accionar de la Sunat

Una mirada al accionar de la Sunat

La Sunat ha demostrado un comportamiento peculiar frente a ciertos temas, el cual, lo único que hace, es demostrar que no tiene un objetivo claro a seguir, más allá de aumentar la recaudación sin importar los medios a utilizar para tal fin. Su principal problema es atacar la evasión tributaria y la informalidad, y lamentablemente no hay signos de que lo esté haciendo.

Por: Jorge Picón Gonzales el 06 Febrero 2014

Compartir en: FACEBOOK LINKEDIN TWITTER WHATSAPP

Descuentos a los gerentes por utilidades o bonos

picon_sunat.jpgLa mayor actividad empresarial en el país ha generado que los directivos o gerentes obtengan bonos sustanciales, sobre todo si pertenecen a empresas que perciben grandes utilidades en un periodo de tiempo.

En ese contexto, la administración tributaria cuestiona si dichos bonos deben ser deducidos como "gastos" de las empresas pues, en opinión de los auditores de la Sunat, muchas de estas bonificaciones no cumplen con un principio de generalidad (que dicho sea de paso está siendo pésimamente interpretado).

Al actuar así, Sunat pone en tela de juicio los bonos que empresarialmente es lógico darles a los gerentes y ejecutivos, en un mercado laboral altamente competitivo y demandante y, de cierto modo, está poniendo trabas a las sanas políticas de premios y retribuciones al interior de las empresas. Esperemos que una instancia superior, en este caso el Tribunal Fiscal, rectifique este error.

Responsabilidad solidaria de los gerentes

Esta norma establece que ante situaciones de evasión, manipulación de fondos u ocultamiento de activos sean los gerentes quienes respondan ante la justicia, procediendo embargos de cuentas o bienes personales. Visto así, es una buena medida, pero el problema es que -en los casos que he podido observar- pareciera que la Sunat no realiza el análisis que la Ley le obliga a hacer, presumiendo -y no probando- en muchos casos la responsabilidad de los gerentes.

Cabe aclarar que la existencia de una deuda tributaria que la empresa no pueda pagar, no da necesariamente como resultado que el gerente la asuma. Éste solo está obligado a pagar la deuda por excepción, cuando ha tenido un mal manejo de los fondos o cuando ha ocultado hechos que dieron como resultado que la administración haya quedado impaga. Pero si el negocio no ha sido rentable o la empresa perdió dinero por circunstancias que no se atañen a la responsabilidad, el gerente no tendría por qué ser objeto de embargo o sanción.

Evasión de impuestos vía gastos personales

Algunos funcionarios de la Sunat dicen que hay una evasión de impuestos vía gastos personales, que en algunas empresas supera el 50% de la facturación. En primer lugar, esta evasión es un problema real, pero dudo que alcance cifras como la señalada. Por ejemplo, si una empresa factura anualmente S/. 1 millón, es imposible que pueda deducir, más allá de toda lógica, más de S/. 10,000 por "almuerzos" y "movilidad" como gastos del negocio. En segundo lugar, es necesario recalcar que dicho problema existe precisamente porque las empresas no tienen percepción de riesgo sobre el particular. 

En todo caso, dicha "evasión" no es material y representa cifras anecdóticas, que dudosamente merecen la atención que los comerciales quieren mostrar. La verdadera evasión, que mueve miles de millones y de la que no parece preocuparse la Sunat, es aquella inherente al contrabando y la venta informal que ocurre en las narices de la Sunat (algunas veces a pocos metros de sus locales) y el sector servicios; es decir, la evasión tributaria vía cuarta categoría (que sí resulta masiva) de profesionales independientes, abogados, dentistas, cirujanos plásticos, etc. 

La Sunat debe atacar este tipo de evasión y no preocuparse por cosas mínimas (o por lo menos dejarlas para después). Lamentablemente, dudo mucho que se enfrente a la informalidad por el alto costo político que dicha acción tendría.

Transparencia Fiscal Internacional, la novedad del 2013

sumillas_picon_sunat.jpgDesde el 2013, las personas naturales o jurídicas nacionales, que controlen cuentas o empresas en paraísos fiscales y generen rentas en el exterior, están obligadas a declarar en el Perú, acogiéndose a la transparencia fiscal internacional. Dicha norma es un estándar global; es decir, cualquier país ordenado tributariamente tiene una norma equivalente y nosotros estaríamos buscando ponernos a punto con ellos.

Respecto a este punto, no estaría mal preguntarse si la administración tributaria podrá controlar lo que pasa fuera del país, toda vez que no ha logrado controlar ni siquiera una cantidad relevante de la informalidad que se produce dentro del sistema financiero y del mercado nacional.

La norma no está mal en sí. Lo cuestionable es establecer disposiciones como las mencionadas, sin que la administración tributaria tenga capacidad de control sobre este tipo de situaciones, pues al no poder garantizar su pleno cumplimiento genera una disminución en la sensación de riesgo del sector evasivo e informal.

En su opinión, ¿qué otras medidas polémicas está tomando la Sunat?

Esta entrada contiene un artículo de:
Jorge Picón Gonzáles
Abogado - Universidad de Lima. Magíster en Administración - ESAN. Doctorado en Derecho Empresarial - Universidad de Sevilla. Socio de Picon & Asociados, Asesores Tributarios. Se ha desempeñado como Intendente Nacional Jurídico y Gerente de Procedimientos Tributarios en la SUNAT. 
Profesor del MBA Tiempo Completo de ESAN

Jorge Picón Gonzales

Es representante titular de CAPECO ante el Comité de Asuntos Tributarios y Económicos de la CONFIEP. Socio de la firma Picón & Asociados, dedicada a la consultoría tributaria. Asociado del Instituto Peruano de Derecho Tributario y de la International Fiscal Association (IFA) – Grupo Perú. Abogado de la Universidad de Lima, Magíster en Administración de la Escuela de Administración de Negocios (ESAN) y egresado del Doctorado en Derecho Empresarial (Universidad de Sevilla).

Otros artículos del autor

Fiscalización tributaria por redes sociales

25 Enero 2018

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) viene anunciando una serie de medidas para aumentar la recaudación. Incluso planea revisar las redes sociales de los contribuyentes para detectar evasiones. ¿Es un buen paso?

  • Actualidad
  • Tributación

La ley del IGV justo y las complicaciones para la SUNAT

05 Diciembre 2016

El próximo 12 de diciembre vence el plazo para que el Poder Ejecutivo promulgue el proyecto de ley denominado "IGV Justo", norma que permitirá a las mypes que facturen hasta 1,700 UITs (S/. 6.7 millones) la posibilidad de postergar el pago del IGV hasta por tres meses desde su declaración.

  • Actualidad
  • Finanzas

El previsible incremento del impuesto predial para el 2017

28 Noviembre 2016

Los impuestos son pagos que los privados realizamos al Estado (gobierno nacional o local) para financiar el cumplimiento de sus funciones y las inversiones públicas que sean necesarias. Al mismo tiempo, los impuestos gravan diferentes manifestaciones de riqueza, normalmente la propiedad, los ingresos o el consumo.

  • Actualidad
  • Gestión Pública