¿Es posible extender el régimen de jubilación anticipada hasta el 2021?

¿Es posible extender el régimen de jubilación anticipada hasta el 2021?

Para que los trabajadores puedan mantener su nivel de vida al jubilarse, se requiere aumentar la edad promedio de jubilación y también el porcentaje ahorrado por año, según recomendaciones del FMI. En esta línea, cabe reflexionar si es pertinente que el Perú se haga lo inverso, ya que se pone en riesgo el futuro de miles de peruanos.

Por: César Puntriano Rosas el 30 Enero 2019

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El Fondo Monetario Internacional (FMI) señaló que existen dos medidas para permitir que los trabajadores mantengan su nivel de vida al jubilarse. El primero es un aumento gradual de la edad de jubilación del promedio actual a 68 años, de cara al 2050. En segundo lugar, se necesita ahorrar un 6 % adicional de los ingresos, por cada año.

El FMI considera que los gobiernos pueden ayudar a sus ciudadanos estimulando el desarrollo de instrumentos para el sector financiero para fomentar el ahorro voluntario y adoptar políticas que alienten a las personas a prolongar su vida productiva. En los países de mercados emergentes, como el nuestro, también podría fomentarse más la formalización del mercado laboral.

Recordemos que el aumento de la cobertura del sistema de pensiones depende, en gran medida, de la reducción de la informalidad. Sin embargo, también debe existir incentivos para incrementar la densidad de las aportaciones, es decir, la frecuencia de pago de los mismos. No basta con estar afiliado, sino que también se debe de aportar.

Para nuestro sistema, llegar a los 65 años supone haber aportado durante la vida activa laboral para tener la posibilidad de acceder a una pensión de jubilación.

Frente a esta situación, nos preguntamos si es adecuado plantear una extensión del Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA) hasta el 2021. Recordemos que, hace unos días, la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó insistir ante el Pleno con el proyecto que amplía dicho régimen, pese a que, en diciembre, el Poder Ejecutivo había observado la autógrafa de la norma.

La medida no es adecuada porque desvirtúa la finalidad del sistema pensionario, que busca que las personas estén protegidas en su vejez y puedan recibir un monto suficiente para cubrir sus necesidades. Si lo que se quiere es generar un respaldo ante la contingencia del desempleo, debería fortalecerse la CTS y hacerla totalmente intangible, o regular un seguro de desempleo.  El fondo de pensiones no tiene como objetivo cubrir tal contingencia.

Quienes se acogen al REJA, y a la posibilidad de retirar el 95.5 % de su fondo, ponen en riesgo su futuro al quedarse sin pensión. De igual forma, también se constituyen como una potencial carga para el Estado y para todos en general al redirigir los tributos que se generen. Estas circunstancias, son las que abonan a favor de nuestra posición contraria a la extensión del REJA.

Para nuestro sistema, llegar a los 65 años supone haber aportado durante la vida activa laboral para tener la posibilidad de acceder a una pensión de jubilación.

César Puntriano Rosas

Abogado y magister en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Miembro de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Socio del Estudio Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados.

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