Nuevos incentivos a la Ley de obras por impuestos

Nuevos incentivos a la Ley de obras por impuestos

Hace ya cuatro meses, el Congreso de la República aprobó la Ley N° 30056, "Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial". Entre otras cosas, esta norma contempla una serie de cambios positivos que se espera potencien la ejecución de más proyectos de inversión mediante el mecanismo de obras por impuestos.

Por: Sergio Bravo Orellana el 27 Noviembre 2013

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Casi un año después de haberse publicado el nuevo reglamento de la Ley de Obras por Impuestos, la Ley N° 30056 ha introducido algunas mejoras realmente significativas que pueden ser aprovechadas por las empresas para desarrollar una serie de proyectos en beneficio de las comunidades locales.

Según las estadísticas, desde el 2008 hasta la fecha se concluyeron 18 obras de infraestructura por esta modalidad, dando una media de 4 por año. En el 2013, dicha cifra se ha multiplicado de forma importante, puesto que hoy por hoy existen 26 proyectos en ejecución por la vía de obras por impuestos. Asimismo, hay mucha expectativa que con las mejoras realizadas en la Ley N° 30056, la cantidad a desarrollarse sea mucho mayor.

Entre los cambios significativos introducidos por dicha norma, podemos contar los siguientes:

  • Ampliación de los proyectos a ejecutarse mediante este mecanismo. Es decir, ya no se contempla solamente a las obras de infraestructura, sino también a todos aquellos planes de inversión que cumplan con los requisitos de los Proyectos de Inversión Pública (PIP), pudiendo darse éstos mediante contrato de servicios o contrato de obras.
  • El financiamiento de la empresa puede incluir también mantenimiento y operación de la obra a cuenta del impuesto a la renta. Asimismo, el mantenimiento y operación del proyecto se puede realizar mediante la conformación de asociaciones público-privadas.
  • Ampliación del uso de los recursos. Los proyectos podrán ser financiados con cargo a recursos de la fuente de financiamientos de "recursos determinados", dejando de lado la limitación a ejecutar obras solamente bajo los topes de las partidas de canon y sobre-canon. Por lo tanto, aquellas regiones que no reciben dinero por dichos conceptos, podrán también acceder a este mecanismo. Más aún, las universidades públicas también podrán aplicar obras por impuestos en el caso de que reciban  asignaciones por canon, sobre-canon y regalías mineras.
  • Los Certificados de Inversión Pública Regional y Local - CIPRL se convierten en negociables, con la excepción en el caso de que la empresa privada sea la ejecutora del proyecto.

sumillas_bravo_obras_impuestos.jpgTodas estas nuevas disposiciones apuntan a hacer más popular el mecanismo de obras por impuestos. De esta forma, se logra un triple beneficio: para la sociedad, el Estado y la empresa privada.

Las obras y servicios de saneamiento, transporte y educación benefician sin duda a la o las comunidades donde se desarrolla el proyecto. Por el lado del Estado, éste logra desconcentrar en alguna medida su labor, encargándosela al privado, el cual seguramente la efectuará con mayor rapidez y eficacia. Y, finalmente, las empresas privadas ganan reputación al asociar su imagen y marca con proyectos de alto impacto en sus respectivas zonas de influencia, desarrollando exitosamente así sus programas de responsabilidad social corporativa.

¿Qué otras medidas se deberían tomar para seguir promocionando el mecanismo de obras por impuestos?

Esta entrada contiene un artículo de:
Sergio Bravo
Ingeniero Mecánico de profesión, Magister en Administración, ESAN y Estudios doctorales en ESADE-ESAN. Ha sido viceministro de Transportes, presidente de los Comités Especiales de Promoción de la Inversión Privada de Infraestructura y Servicios Públicos (CEPRIS) y de Activos y Empresas del Estado.

Sergio Bravo Orellana

Ingeniero Mecánico de la Universidad de Ingeniería, con MBA en Administración de Empresas de ESAN, especialización en Finanzas en University of California at Los Ángeles - UCLA, y PhD. en Dirección de Empresas de ESADE- Business & Law School. Es Profesor Principal de la Universidad Esan, en el área de Finanzas, Economía y Contabilidad para la Escuela de Negocios para Graduado. A su vez es Director y miembro del Consejo Editorial de la revista "Publicaciones en Finanzas" del Instituto de Regulación y Finanzas de la Universidad Esan, desde su fundación en el 2002 a la actualidad y fue Decano en el período 2008- 2011 de nuestra institución.

Actualmente es consultor externo de organismos multilaterales como el World Bank, el International Finance Corporation (IFC), del Banco de Desarrollo de América Latina-CAF, del Banco Interamericano de Desarrollo-BID en la especialidad de Asociaciones Público Privadas.

Se ha desempeñado como Vice-Ministro de Transporte y Presidente del Comité en Activos, Proyectos y Empresas del Estado de ProInversión.

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