¿Qué son las comisiones prohibidas y cómo se pueden denunciar?

¿Qué son las comisiones prohibidas y cómo se pueden denunciar?

Los bancos tienen la potestad de implementar cobros por sus servicios, los cuales deben estar debidamente sustentados. Sin embargo, existen cobros que no están permitidos según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Luis Mendiola, profesor del Área de Finanzas de ESAN, nos proporcionó información detallada sobre este tema en Gestión.

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Las entidades financieras cuentan con una serie de comisiones o cobros adicionales por las diferentes operaciones que realizan sus clientes. Dichos montos pueden variar según la entidad y el tipo de servicio que se ofrece.

Si bien los bancos y cajas tienen la autonomía para fijar diferentes cobros a los usuarios dependiendo del tipo de cuenta o el producto financiero que se ofrece, estos deben tener un sustento técnico para percibir dicho monto. Es decir, que las empresas financieras deben argumentar que determinada operación supone un gasto administrativo.

Pero, ¿quién decide lo que se puede cobrar y lo que no?

Para ello, la entidad debe acreditar ante la autoridad el cumplimiento de los requisitos establecidos para la procedencia del cobro de una comisión, esto es, estar vinculada a un servicio no inherente prestado por la empresa, es decir debe ser un servicio adicional al ya contratado, así como ser un servicio efectivo y previamente pactado.

Luis Mendiola, profesor de Finanzas de ESAN, destacó que si bien los bancos tienen autonomía para establecer el cobro por sus servicios, tienen que tener un sustento para establecerlo.

“Por ejemplo, algo que ya está descartado es el mantenimiento de cuentas inactivas, no te pueden cobrar por eso. Tiene que haber un costo de por medio de parte de la institución para poder justificar ese gasto”, explicó.

“De igual manera, antes los bancos cobraban por enviarte tu saldo bancario, primero físico y luego virtual, hasta que la SBS dijo que no te podían cobrar por eso, porque el gasto es muy bajo. Entonces, no amerita que el usuario tenga que pagar por eso”, añadió.

¿Qué puede hacer el usuario ante el cobro de una comisión prohibida?

Luis Mendiola coincidió en que todas las entidades financieras tienen una instancia interna en dónde pueden absolver el reclamo, pero si esto no funciona, la persona puede acudir a la Defensoría del Cliente financiero para solicitar la devolución de su dinero.

No obstante, si el usuario no se encuentra satisfecho con la respuesta en alguna de estas dos vías, puede presentar una denuncia ante el Indecopi o la misma SBS.

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