Período de prueba: tiempo de evaluación - MIGDUP

Período de prueba: tiempo de evaluación - MIGDUP

Carlos Cornejo, profesor de la Maestría en Organización y Dirección de Personas de ESAN, comenta sobre las implicancias legales relacionadas a este primer periodo de la relación entre una empresa y un empleado. Así las explica en este artículo para el diario oficial El Peruano.

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La existencia de un mundo competitivo obliga a las empresas a contar con el personal idóneo para lograr sus objetivos, pero siempre mediante los mecanismos legales adecuados. La legislación laboral no es ajena a esta necesidad y regula el período de prueba.

Este lapso al inicio del contrato permite al empleador evaluar el desempeño de los trabajadores para prescindir de aquellos que carezcan del rendimiento deseado, y mantener a los que sí respondan a sus expectativas. Dicho período no está pensado para que el trabajador evalúe el desempeño de su empleador, pues siempre podrá extinguir su contrato con una carta de renuncia.

Una vez que finalice este tiempo, el empleador solo podrá despedir al colaborador por causa justa, sin posibilidad de ejecutar un despido arbitrario y pagar la compensación económica fijada por ley, ya que la jurisprudencia constitucional ha fijado que el daño generado por despido arbitrario solo puede ser reparado con la reposición en el trabajo.

La legislación laboral establece que el período de prueba es de tres meses. Una vez superado, el trabajador adquiere protección contra el despido arbitrario, sea contratado a plazo indeterminado como fijo. La excepción son los colaboradores a tiempo parcial, que no tienen esta protección. Es posible ampliar el período de prueba a seis meses si se trata de trabajadores de confianza o técnicos especializados, y a 12 meses si son trabajadores de dirección.

El objeto es permitir al empleador corroborar la idoneidad de los trabajadores para ocupar ciertos puestos de trabajo y cumplir sus funciones respectivas. No se trata de un período para el despido libre, como la jurisprudencia lo ha entendido por equivocación.

Leer el artículo completo aquí.

Fuente: El Peruano.