Convenios para evitar la doble imposición tributaria en el Perú

Convenios para evitar la doble imposición tributaria en el Perú

El Perú tiene ocho convenios internacionales para evitar la doble imposición tributaria. ¿Cómo benefician estos a las organizaciones peruanas?

Por: Conexión Esan el 14 Octubre 2020

Compartir en: FACEBOOK LINKEDIN TWITTER WHATSAPP

Las exportaciones han sido uno de los sectores más afectados por la pandemia en Perú. Según el informe técnico Evolución de las Exportaciones e Importaciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el volumen de exportación en julio disminuyó 13.1 % con respecto al 2019, debido a la caída en los envíos de productos tradicionales (-13.4 %) y no tradicionales (-12.5 %).

Sin embargo, dicho escenario se podría revertir en los próximos meses. De acuerdo al Marco Macroeconómico Multianual 2021-2024 realizado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la recuperación gradual de las actividades económicas de los socios comerciales internacionales permitirá que el índice de los precios de exportación crezca 1.4 % en promedio en el periodo 2021-2024.

Para poder llegar a los niveles de exportación prepandemia, es importante prestar atención a la doble imposición tributaria. Esta se presenta, según el MEF, "cuando dos o más países consideran que les pertenece el derecho de gravar una determinada renta". En consecuencia, las empresas deben realizar más de un pago de tributos, generando importantes pérdidas en sus actividades comerciales. 

Para regular la doble imposición tributaria, Perú ha realizado una serie de convenios con otros países para que uno de ellos sobre el impuesto o realice una imposición compartida.  Entre los principales convenios realizados por nuestro país se encuentran los siguientes: 

  • Convenio con Chile, aplicable desde el primero de enero de 2004.

  • Convenio con Canadá en español, aplicable desde el primero de enero de 2004.

  • Convenio con la Comunidad Andina, aplicable desde el primero de enero de 2005

  • Convenio con Brasil, aplicable desde el primero de enero de 2010.

  • Convenio con los Estados Unidos Mexicanos, aplicable desde el primero de enero de 2015.

  • Convenio con la República de Corea, aplicable desde el primero de enero de 2015.

  • Convenio con la Confederación Suiza, aplicable desde el primero de enero de 2015.

  • Convenio con la República de Portugal, aplicable desde el primero de enero de 2015.

Entre las cláusulas que se abordan en los citados convenios se encuentran las concernientes al estado beneficiario en caso de rendimientos inmobiliarios, beneficios empresariales, transporte marítimo y aéreo, empresas asociadas, dividendos, entre otros.

Según el estudio Los convenios para evitar la doble imposición: análisis de sus ventajas e inconvenientes realizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), la existencia de estos acuerdos no solo permite brindar soluciones tributarias a los Estados partícipes. También permite estrechar las relaciones políticas y económicas con los firmantes. 

A pesar de su importancia, Perú es uno de los países con menos convenios de doble tributación. Chile lidera la región con 33 convenios, seguida por Argentina con 20 convenios y Colombia con 10.

Si quieres aprender más sobre este tema, participa en el Diploma: Tributación Empresarial Regiones de ESAN.

Fuentes: 

INEI: Evolución de las Exportaciones e Importaciones

MEF: Marco Macroeconómico Multianual 2021-2024

Los convenios para evitar la doble imposición: análisis de sus ventajas e inconvenientes

Convenio para evitar la doble Imposición

Convenios para evitar la doble imposición

Conexión Esan

Portal de negocios de ESAN Graduate School of Business. Desde el 2010 difunde contenido de libre acceso (artículos, infografías, podcast, videos y más) elaborado por los más destacados especialistas. Encuentra contenido en más de 15 áreas y sectores como Administración, B2B, Derecho Corporativo, Finanzas, Gestión de Proyectos, Gestión de Personas, Gestión Pública, Logística, Marketing, Minería, TI y más. ¡Conéctate con los expertos de ESAN y aumenta tu conocimiento en los negocios!

Otros artículos del autor

Inteligencia artificial agéntica y autonomía empresarial: ¿qué es lo que viene?

17 Abril 2026

¿Y si el verdadero riesgo de la inteligencia artificial no fuera su capacidad…, sino quién la controla? La irrupción de la IA agéntica abierta está cambiando las reglas del juego empresarial, al permitir no solo usar tecnología, sino construir sistemas autónomos, adaptables y alineados a las necesidades del negocio. Jhonnathan Horna, profesor del área de Operaciones y Tecnologías de la Información de ESAN, revela cómo el debate deja de ser técnico para volverse estratégico: control, autonomía y gobernanza se convierten en el nuevo eje de decisión para las organizaciones.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios

¿Cuál es la cultura financiera de la mediana empresa?

17 Abril 2026

¿Puede una empresa crecer de forma sostenible si no domina sus propias finanzas? En un entorno marcado por incertidumbre económica, la cultura financiera se vuelve un factor clave para la competitividad de las medianas empresas. Edmundo Lizarzaburu, profesor de Administración y Finanzas de ESAN, analizó en Gestión qué factores permiten que una organización mejore su toma de decisiones y logre optimizar su financiamiento.

 

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios

El triunfo de la norma general: ¿por qué el excepcionalismo es el veneno del progreso jurídico?

17 Abril 2026

¿Puede una ley diseñada para la excepción terminar debilitando todo el sistema jurídico? En un contexto en el que proliferan regulaciones creadas para casos específicos, surge un debate clave sobre el verdadero rol del derecho en la sociedad. Abel Revoredo, profesor de ESAN Business Law, analiza cómo el auge del excepcionalismo puede erosionar los principios del derecho y poner en riesgo los cimientos que sostienen el progreso institucional y económico.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios