Delito fiscal y blanqueo de dinero: una tesis favorable

Delito fiscal y blanqueo de dinero: una tesis favorable

En el derecho internacional, y especialmente en Europa, se impone la tesis según la cual entre el delito fiscal y el delito de blanqueo de las "ganancias" existe una relación de concurso de delitos.

Por: Conexión Esan el 16 Mayo 2017

Compartir en: FACEBOOK LINKEDIN TWITTER WHATSAPP

La tesis favorable a la consideración del delito fiscal como actividad delictiva previa al blanqueo cuenta con una serie de argumentos, entre los que el especialista Díaz y García de Conlledo destaca los siguientes:

  • a) la persecución por blanqueo refuerza el castigo de delito fiscal;
  • b) mayor plazo para la prescripción del delito de blanqueo;
  • c) existe una expresa declaración del blanqueo en el art. 1.2 de la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (España); 
  • d) y el castigo del autoblanqueo y la ampliación de las conductas típicas a la mera posesión y utilización.

"La cuestión clave tiene que ver con la afectación a los mismos o diversos intereses previstos por ambos delitos, lo que ha llevado a la jurisprudencia a defender la autonomía del delito de blanqueo respecto al delito antecedente bajo la perspectiva de que el delito fiscal y el blanqueo de capitales protegen bienes jurídicos diferentes", dice al respecto Eduardo Demetrio Crespo, profesor del Diploma Internacional en Gestión del Riesgo de Corrupción en la Cadena de Suministro de ESAN.

Según la doctrina predominante en Europa, los comportamientos de uno y otro delito son diferentes y diversos son los bienes jurídicos protegidos. Así, en el delito de blanqueo la doctrina mayoritaria sostiene que se afecta al orden económico, esto es "la regulación jurídica de la producción, distribución y consumo de bienes" o bien "la regulación jurídica del intervencionismo estatal en la economía".

En tanto, en el delito fiscal en relación al bien jurídico la jurisprudencia habla de la íntima relación que guarda con la función que los tributos cumplen en un Estado Democrático de Derecho, subrayando que el incumplimiento de las prestaciones patrimoniales de carácter público está presente en el tipo del injusto de este delito.

En consecuencia, de acuerdo a la doctrina imperante en Europa, se trata de conductas que adquieren relevancia penal y criminológica autónoma y permiten su aplicación conjunta como suma de actividades delictivas de distinto carácter y de bienes jurídicos de distinta naturaleza afectados.

Para el profesor Crespo, el punto decisivo no es si se puede afirmar que el delito fiscal puede o no constituir una actividad delictiva previa al blanqueo, sino más bien la relación concursal (de delitos o de normas) que cabe establecer entre ambos preceptos en cada caso.

"La tesis que se ha considerado correcta pasa por la consideración del mero aprovechamiento ulterior de lo defraudado por el mismo sujeto activo como un hecho postdelictivo copenado subsumible mediante el principio de consunción en el delito previo", puntualiza el profesor. Es decir, un mismo sujeto puede ser juzgado y sentenciado delito fiscal y blanqueo de activos en forma separada.

FUENTE CONSULTADA:

Ponencia "Sobre el fraude fiscal como actividad delictiva antecedente del blanqueo de dinero", del profesor Eduardo Demetrio Crespo.

¿Deseas saber más acerca de la relación entre delito fiscal y blanqueo de dinero? Inscríbete en el Diploma Internacional en Gestión del Riesgo de Corrupción en la Cadena de Suministro de ESAN.

Conexión Esan

Portal de negocios de ESAN Graduate School of Business. Desde el 2010 difunde contenido de libre acceso (artículos, infografías, podcast, videos y más) elaborado por los más destacados especialistas. Encuentra contenido en más de 15 áreas y sectores como Administración, B2B, Derecho Corporativo, Finanzas, Gestión de Proyectos, Gestión de Personas, Gestión Pública, Logística, Marketing, Minería, TI y más. ¡Conéctate con los expertos de ESAN y aumenta tu conocimiento en los negocios!

Otros artículos del autor

Subió la UIT: ¿cómo afecta esto a tus finanzas en 2026?

09 Enero 2026

Raúl Odría, docente de ESAN Business Law, reflexionó en ATV+ sobre el impacto del aumento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para 2026, la cual se incrementó en S/ 150, una cifra menor que los S/ 200 de años previos. 

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios

Si vuelves a tu antiguo trabajo, ¿empiezas de cero el periodo de prueba?

08 Enero 2026

César Puntriano, profesor de ESAN Business Law, aclaró en El Peruano que el periodo de prueba tiene reglas específicas ante el reingreso de un colaborador. El experto explicó que, si un trabajador vuelve a la empresa antes de tres años y a un puesto similar, los tiempos laborados previamente se acumulan, por lo que no es exigible superar un nuevo periodo de prueba para gozar de estabilidad laboral.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios

Minería del futuro: IA y economía circular como pilares de sostenibilidad

08 Enero 2026

Sandor Lukacs de Pereny, profesor de ESAN Graduate School of Business, sostuvo en Energiminas que el futuro de la minería peruana requiere dejar el modelo extractivo tradicional y adoptar un enfoque sistémico basado en economía circular, trazabilidad digital e inteligencia artificial para mejorar la eficiencia y reducir la huella de carbono. Advirtió que, aunque el Perú tiene avances normativos en IA, existen riesgos éticos por sesgos de datos y una brecha marcada entre la gran minería y las MIPYMES, lo que hace indispensable una articulación entre Estado, academia y empresa para impulsar una innovación verde inclusiva hacia 2030.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios