
La tesis favorable a la consideración del delito fiscal como actividad delictiva previa al blanqueo cuenta con una serie de argumentos, entre los que el especialista Díaz y García de Conlledo destaca los siguientes:
"La cuestión clave tiene que ver con la afectación a los mismos o diversos intereses previstos por ambos delitos, lo que ha llevado a la jurisprudencia a defender la autonomía del delito de blanqueo respecto al delito antecedente bajo la perspectiva de que el delito fiscal y el blanqueo de capitales protegen bienes jurídicos diferentes", dice al respecto Eduardo Demetrio Crespo, profesor del Diploma Internacional en Gestión del Riesgo de Corrupción en la Cadena de Suministro de ESAN.
Según la doctrina predominante en Europa, los comportamientos de uno y otro delito son diferentes y diversos son los bienes jurídicos protegidos. Así, en el delito de blanqueo la doctrina mayoritaria sostiene que se afecta al orden económico, esto es "la regulación jurídica de la producción, distribución y consumo de bienes" o bien "la regulación jurídica del intervencionismo estatal en la economía".
En tanto, en el delito fiscal en relación al bien jurídico la jurisprudencia habla de la íntima relación que guarda con la función que los tributos cumplen en un Estado Democrático de Derecho, subrayando que el incumplimiento de las prestaciones patrimoniales de carácter público está presente en el tipo del injusto de este delito.
En consecuencia, de acuerdo a la doctrina imperante en Europa, se trata de conductas que adquieren relevancia penal y criminológica autónoma y permiten su aplicación conjunta como suma de actividades delictivas de distinto carácter y de bienes jurídicos de distinta naturaleza afectados.
Para el profesor Crespo, el punto decisivo no es si se puede afirmar que el delito fiscal puede o no constituir una actividad delictiva previa al blanqueo, sino más bien la relación concursal (de delitos o de normas) que cabe establecer entre ambos preceptos en cada caso.
"La tesis que se ha considerado correcta pasa por la consideración del mero aprovechamiento ulterior de lo defraudado por el mismo sujeto activo como un hecho postdelictivo copenado subsumible mediante el principio de consunción en el delito previo", puntualiza el profesor. Es decir, un mismo sujeto puede ser juzgado y sentenciado delito fiscal y blanqueo de activos en forma separada.
FUENTE CONSULTADA:
Ponencia "Sobre el fraude fiscal como actividad delictiva antecedente del blanqueo de dinero", del profesor Eduardo Demetrio Crespo.
Portal de negocios de ESAN Graduate School of Business. Desde el 2010 difunde contenido de libre acceso (artículos, infografías, podcast, videos y más) elaborado por los más destacados especialistas. Encuentra contenido en más de 15 áreas y sectores como Administración, B2B, Derecho Corporativo, Finanzas, Gestión de Proyectos, Gestión de Personas, Gestión Pública, Logística, Marketing, Minería, TI y más. ¡Conéctate con los expertos de ESAN y aumenta tu conocimiento en los negocios!
Mary Mollo, profesora de ESAN Graduate School of Business, compartió en ATV+ los resultados del II Congreso Internacional de Gestión del Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático-2025, organizado por ESAN y que contó con la participación de 40 universidades. La especialista reveló una cifra alarmante: el 70% de la población peruana vive en zonas con algún nivel de riesgo. Ante esto, destacó el compromiso de las universidades por colaborar con las autoridades en la prevención de riesgos de desastres.
Mayra Arauco, directora de la carrera de Ingeniería Ambiental de ESAN University, expuso en Infobae el desbalance del uso del agua para la agricultura y el consumo humano. En esta línea señaló que el 85,9% del agua utilizada en el país se destina al riego.
Germán Lora, profesor de ESAN Business Law, advirtió en Infobae sobre un posible "punto de inflexión" en la gestión laboral: el Tribunal Constitucional evaluará si el retiro de confianza a personal de dirección debe implicar el pago de una indemnización por despido arbitrario. El experto señaló que un fallo en este sentido cambiaría las reglas del juego, "develando" una realidad jurídica que podría activar una ola de reclamos retroactivos por parte de extrabajadores.