
ESAN convoca a sus estudiantes de pregrado participantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, así como de posgrado a participar en la elección de sus representantes ante los órganos de gobierno institucional. Conoce quiénes pueden postular, cómo presentar sus candidaturas y las fechas clave del proceso electoral 2026-2.
De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto y reglamentos de la Universidad ESAN, se convoca a los alumnos de posgrado y pregrado a elegir a sus representantes ante los órganos de gobierno de la universidad.
Alumnos Posgrado:
Alumnos Pregrado:
A continuación, los links en los que pueden descargar, según corresponda, los formatos de postulación y remitirlos al e-mail: comite_electoral_universitario@esan.edu.pe
Link para candidatos a representante de alumnos posgrado ante la Asamblea General
Link para candidatos a representante de alumnos de pregrado ante el Consejo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
Padrón de elegibles alumnos posgrado Padrón de electores de alumnos posgrado
Padrón de elegibles alumnos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Padrón de electores alumnos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
Les brindamos el link de acceso al sistema de votación, que se activará en las fechas de votación en el horario de 8:00 a.m. a 04:00 p.m.: https://votoelectronico.esan.edu.pe/
*De no obtener la participación mínima establecida en el reglamento del CEU en la primera convocatoria, se votará en las fechas indicadas para la segunda convocatoria en el mismo horario.
Lima, 7 de setiembre de 2026
Comité Electoral Universitario
REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE LOS ALUMNOS Y GRADUADOS
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD
De los Electores
Artículo 8°.- Son electores (…)
b) Los alumnos, son aquellos alumnos ordinarios matriculados y cursando estudios conducentes a la obtención de algún grado académico.
*Estatuto de la Universidad
Artículo 60.- Los alumnos ordinarios son aquellos matriculados y cursando estudios conducentes a la obtención de algún grado académico, título profesional o título de posgrado en segunda especialidad en la Universidad. Los demás alumnos son considerados extraordinarios.
Artículo 61.- La condición de alumno se adquiere por la matrícula en alguna de las unidades académicas de la Universidad y se mantiene por el cumplimiento del trabajo académico, pudiendo perderse por razones académicas o disciplinarias, según lo establecido en el respectivo Reglamento.
De las Candidaturas
Artículo 15°.- Representante de los alumnos ordinarios. Son elegibles como representantes los alumnos ordinarios de la Universidad ESAN que cumplan con la condición establecida en el artículo 8° inciso b) del presente reglamento, así como los siguientes requisitos:
Requisitos específicos según nivel académico:
i) En el caso de pregrado, haber cursado y aprobado al menos sesenta (60) créditos académicos, y no encontrarse cursando el penúltimo ni el último ciclo de su programa.
ii) En el caso de posgrado, haber cursado un mínimo de seis (6) créditos académicos a la fecha de elaboración del padrón de elegibles.
Artículo 16°.- Representante de los graduados. Son elegibles como representantes de los graduados aquellos egresados de los programas de pregrado y posgrado de la Universidad ESAN que cumplan con los siguientes requisitos:
Artículo 24°.- Validez de la votación.
Para la validez de las votaciones se requiere la participación de por lo menos: (…)
b) 51% de los alumnos.
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