La devolución del ISC

La devolución del ISC

Santiago Roca, profesor del MBA de ESAN, explica en este artículo para Gestión la devolución del impuesto selectivo al combustible promovido por el Ministerio de Economía y Finanzas y señala los beneficios que puede generar para el rubro del transporte interprovincial.

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Hace dos semanas el Gobierno restauró la devolución de parte del impuesto selectivo a los combustibles (ISC) a los transportistas interprovinciales y de carga que consumen el diésel B5 y B20. Esta se ha presentado como una medida "populista" que ya anteriormente originó la renuncia de David Tuesta, ministro de Economía y Finanzas, y que no desalienta el uso de uno de los combustibles más contaminantes.

Alonso Segura, ministro de Economía antes de David Tuesta, dice que no hay sustento técnico, que se rompe el principio básico de no devolución de impuestos de esta naturaleza, y que al ser una "decisión política" el Gobierno aceptó esta medida para detener una huelga de transportistas, siendo este un terrible precedente (Gestión 22.11.19).

En la teoría económica, el ISC es un impuesto indirecto específico que a diferencia del IGV solo grava determinados bienes para desincentivar el consumo de productos que generan externalidades negativas sociales y medioambientales, como por ejemplo las bebidas alcohólicas, cigarrillos, etc.

Pero ¿es verdad que el ISC desincentiva el consumo del diésel que utiliza el transporte público interprovincial y de carga? En la medida que el transporte público no tiene sustitutos cercanos y su demanda es inelástica (la gente y las mercancías van a seguir transportándose) no habrá mayor reducción de uso del combustible por la imposición de un impuesto selectivo, cuestión que sí ocurriría, por ejemplo, en el transporte privado, que incentiva a que los particulares se movilicen en bicicleta o en transporte público o colaborativo, reduciéndose así el consumo del combustible que se utiliza.

Dicho esto, el imponer el ISC al rubro de transporte público de pasajeros y de carga distorsiona su finalidad, no cumple su objetivo (le falta la focalización que todo impuesto específico debe tener), por lo que la devolución del mismo ayuda en realidad a restaurar el sistema tributario de referencia original.

De otro lado, ¿cuál ha sido el efecto en la práctica de devolver una parte del ISC al transporte interprovincial y de carga público? Además de restaurar el sistema tributario referencial, los estudios realizados por ESAN, demuestran que la devolución del ISC ha tenido el efecto positivo de aumentar la inversión de nuevas unidades de transporte, la reducción de precios de los pasajes de los usuarios del transporte formal, y la mayor formalización del mercado de pasajeros: más pasajeros viajando con transportistas formales.

El MEF en la equivocada y limitada evaluación que hace de la devolución del 30% del ISC que estuvo vigente desde abril del 2010 hasta julio del 2016 concluye que este reintegro tributario no tuvo mayor impacto en la formalidad del mercado, ya que solo favoreció a pocas empresas formales: tan solo 256 empresas de transporte se beneficiaron con la devolución y esta no había logrado transformar a las empresas informales en formales, por lo que el MEF recomienda descontinuar con la devolución del ISC.

Cuatro de las debilidades de la evaluación del MEF son: i) la formalización se expresa mejor en términos de la proporción de pasajeros que se movilizan por transporte formal, ii) la devolución ha hecho aumentar la inversión y renovación del parque automotor, iii) los precios de los pasajes bajaron en el periodo, y iv) el fisco obtiene al final una mayor recaudación neta (lo que el fisco deja de percibir por la devolución versus lo que se recibe en forma adicional por otros impuestos y contribuciones laborales producto de la mayor formalización del mercado).

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Fuente: Gestión