Los docentes de ESAN Graduate School of Business, Raúl Hurtado y Enrique Díaz Tong, lideraron el equipo que realizó el peritaje a una de las farmacéuticas más grandes del mundo para un caso emblemático del Tribunal Administrativo Tributario de Panamá.
Recientemente, se hizo pública la Resolución de Fondo TAT-RF-066, con fecha del 9 de julio del 2021, que recae en el expediente 230-18. Por medio de ella, se resuelve un caso sobre precios de transferencia con carácter de emblemático, debido a la complejidad del tema y a que se ordena que el contribuyente, una de las empresas farmacéuticas más grandes del mundo, pague al fisco panameño USD 3.7 millones por los ejercicios fiscales 2014 y 2015.
Los docentes de ESAN Raúl Hurtado (desde Panamá) y Enrique Díaz Tong (desde Perú) lideraron el equipo designado por el Tribunal para trabajar el peritaje de este caso. Si bien las normas panameñas obligan a tachar el nombre del contribuyente en la sentencia publicada y, por otro lado, existe la reserva de los profesionales sobre lo acontecido durante su trabajo, ello no impidió realizar preguntas teóricas sobre la jurisprudencia de 53 páginas.
Conexión ESAN tuvo la oportunidad de entrevistar a los dos profesores participantes.
RH: Durante el proceso, el contribuyente pidió que el Tribunal Administrativo Tributario de la República de Panamá nombre a un perito imparcial, dada la complejidad del cargo, para que se emita un informe pericial en un plazo perentorio de 30 días. En mi caso, soy profesional panameño que está en la base de datos de peritos del Tribunal, por lo que fui designado para realizar este proceso. El reto era grande, pero, junto con Enrique, lideramos un equipo capaz de cumplir con este encargo.
ED: Cabe precisar que el Tribunal Administrativo Tributario de Panamá es el símil al Tribunal Fiscal Peruano.
RH: En efecto, el informe se entrega por escrito y luego se desarrolla una audiencia donde los abogados, tanto de parte del contribuyente como de la Dirección General de Impuestos (Administración Tributaria Panameña) e incluso los magistrados del Tribunal formulan preguntas. Como profesional que había firmado el peritaje, tuve que sustentar el trabajo. La audiencia fue tan larga que tuvo que suspenderse y reprogramarse para otra fecha. La jurisprudencia también recoge argumentos del informe pericial.
RH: En efecto, la jurisprudencia señala que hubo un peritaje de parte. Lamentablemente, no podemos brindar mayores comentarios al respecto por razones de confidencialidad.
ED: Son normas internacionales que obligan a las empresas vinculadas a pactar las transacciones entre ellas a valor de mercado. Para ello, cada una debe acreditar que cumple con el principio de plena competencia (o arm´s length) a través del uso de cierta metodología. En el mundo, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) establece el marco conceptual sobre el tema desde 1979. Este marco conceptual es recogido por las legislaciones de Perú y Panamá hace varios años.
RH: Existen casos en Estados Unidos de América y algunos países de Europa donde se aplicaron normas de precios de transferencia hace casi cien años. En la región latinoamericana, se aplica desde hace algunos años o décadas. En concreto, en Panamá se aplican las normas desde el 2012 y en el Perú, desde el 2001.
ED: Así es. En el caso de las empresas que operan en varios países, a través de la modalidad de empresas vinculadas, estas podrían verse tentadas a "llevar" utilidades de un país a otro, ya que son parte de un mismo grupo. Justamente, las normas de precios de transferencia buscan que las empresas que integran un grupo económico pacten entre ellas a valor de mercado, de forma que tributen en cada país de manera razonable, para lo cual hay que aplicar cierta metodología especial.
RH: En efecto, tal como puede leerse en la página 7 de la jurisprudencia, las transacciones u operaciones analizadas abarcaban a Panamá y Costa Rica, por varios millones de dólares americanos.
RH: Es correcto, el plazo era solo de 30 días y pude haber pedido una prórroga, pero no lo hice. Por fortuna, tenemos un equipo multidisciplinario y multicultural con experiencia de muchos años, lo que nos permitió cumplir con el encargo del Tribunal.
RH: Así es. Debido a que el caso tenía cierta complejidad técnica, el Tribunal designó a un perito que debía realizar su trabajo en el marco que se le asignara. En el presente caso, se efectuaron seis consultas específicas.
ED: A raíz de la COVID-19, en el mundo, hoy se enfatiza más en analizar el rol de los intangibles y en qué país tributan las multinacionales que los poseen. Es evidente que muchos intangibles se encuentran en lo que se conoce como la "nube". ¿En qué país se gravan estos o los ingresos que generan? Ahí entramos a la cuestión de los precios de transferencia y la valoración de intangibles.
RH: A través de las normas de precios de transferencia, los países buscan proteger su recaudación fiscal e incrementarla, en tanto conservan el porcentaje de su producto bruto interno (PBI).
ED: Que los contribuyentes deben ser totalmente conscientes de la información que entregan a las administraciones tributarias y de la carga de la prueba que les corresponde. Además, deben verificar la aplicación de la metodología de precios de transferencia.
ED: Deben verificar las obligaciones tributarias que tienen sobre precios de transferencia en cada país y cumplir con ellas a tiempo. Los principios internacionales y la metodología es la misma. Sin embargo, cuando se incorporan a cada país, pueden existir particularidades muy importantes. La administración tributaria de ningún país puede obligarles a pactar con vinculados de una forma determinada, pero sí a tributar impuesto a la renta sobre la base de precios de transferencia. Si el trabajo se ejecuta a tiempo y, de ser el caso, el contribuyente realiza un ajuste voluntario en su momento, se evita el pago de multas e intereses y la contratación de asesores.
Portal de negocios de ESAN Graduate School of Business. Desde el 2010 difunde contenido de libre acceso (artículos, infografías, podcast, videos y más) elaborado por los más destacados especialistas. Encuentra contenido en más de 15 áreas y sectores como Administración, B2B, Derecho Corporativo, Finanzas, Gestión de Proyectos, Gestión de Personas, Gestión Pública, Logística, Marketing, Minería, TI y más. ¡Conéctate con los expertos de ESAN y aumenta tu conocimiento en los negocios!
La revista científica Journal of Economics, Finance and Administrative Science (Jefas), de la Universidad ESAN, continúa su trayectoria ascendente al lograr su indexación en la prestigiosa Academic Journal Guide (AJG) 2024, de la Chartered Association of Business Schools (CABS). Este hito consolida su posición como una de las publicaciones académicas más relevantes de la región en el campo de las finanzas.
Del lunes 13 al viernes 17 de enero, la International Week de ESAN reunirá a más de 800 participantes de las maestrías de ESAN y delegaciones estudiantiles de diferentes países como Estados Unidos, España, Francia, México y Uruguay. Este evento ofrecerá cursos, conferencias y actividades de networking, enfocándose en temas de vanguardia en diferentes áreas como gestión estratégica, tecnología, marketing y finanzas, entre otros.
Descubre cuáles son los activos clave para un negocio en tiempos de crisis, junto con los aspectos legales, operativos y administrativos a considerar al liquidar una empresa. Conoce los detalles de la mano de Luis Enrique Mendiola, profesor de los programas de Finanzas de ESAN, en este informe publicado en Gestión.