
Sergio Bravo, profesor del MBA de ESAN y director del Instituto de Regulación y Finanzas de ESAN, explica que los contratos APP se establecen como "islas legales" para definir la relación de mediano o largo plazo entre el Estado y un operador privado. "La intención es desarrollar la inversión y operación de un determinado servicio público, bajo condiciones tarifarias y de índices de calidad del servicio", agrega.
Los contratos de APP engloban las condiciones del crecimiento de las inversiones, los alcances de la operación y los índices del servicio público. Así también comprenden la naturaleza de los ingresos, "que dependerá de la fijación de la política de precios de quien asume los riesgos de la demanda (libres o regulados)", indica Bravo.
Ahora bien, en todo contrato deben establecerse unas cláusulas para que ambas partes tengan un aval sobre la rentabilidad del proyecto. Para ello, el Estado otorga ciertas garantías con el propósito de mejorar el perfil de riesgo del proyecto y para incentivar la participación privada. Al respecto, Eduardo Escobal, docente del curso de Estructuración de Asociaciones Público Privadas del PEE de ESAN, explica que existen dos tipos de garantías:
Garantías financieras. Son aquellas que tienen un respaldo de carácter incondicional y que pueden ejecutarse de forma inmediata. En este tipo de aval, el otorgamiento y contratación por parte del Estado tiene como objetivo respaldar las obligaciones del privado. Así, este puede recuperar sus inversiones o el costo de mantenimiento, derivadas de préstamos o bonos emitidos, para financiar los proyectos de Asociaciones Público Privadas o respaldar obligaciones de pago del Estado.
Garantías no financieras. Están relacionadas a compromisos contingentes; es decir, que se contemplan en el contrato como riesgos propios de un proyecto de APP y que pueden ser activados ante ciertos eventos. "En estos casos, el Estado puede comprometerse a ejecutar ciertas garantías; una muy común son las garantías de ingreso mínimo garantizado", refiere Escobal.
Sobre lo anterior, el experto pone como ejemplo las carreteras de peaje o proyectos nuevos, que son autosostenibles. El privado puede cobrar una tarifa directamente al usuario a través de pasajes, peajes o algún otro mecanismo, sin cobrar nada al Estado. "Eventualmente, estos proyectos son muy sensibles a la demanda que pueda haber de los servicios que presta. En este sentido, puede haber una caída que no permita cubrir las deudas, financiamientos o costos operativos de estas APP. En este caso, el Estado se compromete a cubrir la parte que faltaba para completar el ingreso mínimo que garantice esos compromisos del concesionario", agrega.
Mediante estas garantías otorgadas por el Estado, el perfil de riesgo del proyecto puede mejorar y, además, se fomenta la participación privada. De esta manera es como las APP incentivan el desarrollo del país, basándose en un modelo de gobierno de mayor productividad, optimización y calidad en la producción de productos o servicios hacia la sociedad.
Fuentes:
Entrevista a Eduardo Escobal, MBA con especialización en Finanzas y docente del curso de Estructuración de Asociaciones Público Privadas en ESAN.
Ministerio de Economía y Finanzas. "¿Qué es una APP?".
Ministerio de Economía y Finanzas. "Asociaciones Público Privadas".
Orellana, Sergio. "¿Qué son y por qué hacemos APP?". Gestión.
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