
La llamada Ley de obras por impuestos permite que una empresa privada, en forma individual o en consorcio con otras empresas, financie y ejecute proyectos priorizados por los gobiernos regionales, gobiernos locales, mancomunidades regionales, mancomunidades municipales, universidades públicas o entidades del gobierno nacional, para luego recuperar la totalidad de la inversión realizada mediante un certificado para el pago de su impuesto a la renta.
Así, por un lado el Estado puede contar con inversión ejecutada en forma rápida y eficiente, y por otro lado la empresa privada tiene la oportunidad de contribuir activamente a generar el desarrollo del país.
La mencionada Ley fue promulgada en el año 2008 y desde entonces se han promovido diversos proyectos de obras de infraestructura pública básica como redes de agua y desagüe, vías y centros de salud; así como proyectos de mediana y gran envergadura como hospitales, carreteras, puentes, entre otros.
Este nuevo régimen especial permite que los sectores público y privado establezcan alianzas orientadas al desarrollo de obras de calidad en beneficio de la población. Seguidamente veamos los principales beneficios para los actores identificados:
Para las entidades públicas (*): acelera la ejecución de proyectos de calidad, reduciendo la brecha de infraestructura. Libera recursos para la ejecución de otros proyectos que demanda la población.
Para las empresas privadas: mejora el relacionamiento con la comunidad. Mejora la imagen de la empresa y potencia el desarrollo de programas de responsabilidad social.
Para la sociedad: mayor cobertura de servicios públicos. Genera empleo directo e indirecto. Mejora la calidad de vida y bienestar de la población.
Cabe señalar que el artículo 17° de la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, y sus modificatorias (Decretos Legislativos N° 1238 y Nº 1250) faculta a las entidades del gobierno nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión púbica en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, pesca, deporte, ambiente, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones y justicia, incluyendo su mantenimiento, en el marco de la Ley N° 29230.
Con información al 16 de febrero del presente año, la lista de proyectos adjudicados y concluidos en obras por impuestos abarca un total de inversiones por S/ 2,738 millones en beneficio de más de 13 millones de habitantes.
(*) Gobierno Regional (GR), Gobierno Local (GL), Universidad Pública (UP), o entidad del Gobierno Nacional (GN) en materia de Salud, Educación Turismo, Orden Público y Seguridad, Agricultura y Riego, Saneamiento, Cultura, Ambiente, Deporte, Pesca, Habilitación Urbana, Electrificación rural, Desarrollo Social, Protección Social, Transporte, Comunicaciones y Justicia.
FUENTE CONSULTADA:
Información contenida en el website obrasporimpuestos.pe de Proinversión.
Texto de la Ley N° 29230.
Texto de la Ley N° 30264.
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Manuel Paredes, director en Maestría en Gestión Pública y Desarrollo Territorial de ESAN, advirtió en Sol TV que cerca de un millón de peruanos estuvieron en riesgo por las lluvias debido a la grave falta de planeamiento territorial. El experto cuestionó que se ejecutaran obras viales en plena temporada de precipitaciones y recalcó la urgencia de contar con una institución que liderara la prevención con capacidad de ejecución real, en lugar de solo "apagar incendios" cuando la emergencia ya ocurrió.
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