Utilidades 2024: comienza período de reparto

Utilidades 2024: comienza período de reparto

Arturo García, docente de los Programas del área de Finanzas de ESAN, compartió sus conocimientos en La República acerca del reparto de utilidades. Detalló qué empresas están obligadas, y a quiénes les corresponde este beneficio.

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Los trabajadores son los que generan riqueza para una empresa, y dentro de sus derechos está el reparto anual de utilidades, que responde a un porcentaje de las ganancias descontándole inversiones e impuestos, y que avala la Constitución Política.

¿Qué empresas están obligadas a dar utilidades?

Todas las del régimen privado que, por sus actividades, generen rentas de tercera categoría y cuenten con más de 20 trabajadores, según el docente de ESAN Arturo García. El porcentaje aplicable varía de acuerdo al tipo de empresa y rubro en el que se desenvuelvan (ver cuadro).

Para determinar la actividad que realizan las empresas que la distribuirán, se tomará en cuenta la Clasificación Internacional Industrial Uniforme, Revisión 3, salvo ley expresa que dé la contra.

¿Cuáles están exentas de repartirla?

Si bien la participación en las utilidades se realiza a fin de identificar a los trabajadores con la empresa, y busca elevar la productividad con un esfuerzo en sociedad con los empresarios, no todas están facultadas a repartir este incentivo.

Están excluidos del pago las cooperativas, las empresas autogestionarias, las sociedades civiles y las que no excedan de 20 trabajadores. En buen cristiano, las microempresas no están obligadas a cumplir con el pago de utilidades, añade García. Las instituciones del sector público, las organizaciones sin fines de lucro y las cooperativas también entran al saco de las exentas.

Además, el académico indica que, lógicamente, si una empresa no cierra el año con utilidades, no tendrá nada que repartir.

En caso que una empresa desarrolle más de una actividad productiva, se considerará como la actividad principal a la que generó mayores ingresos brutos, de acuerdo con la Sunafil.

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¿A quiénes le corresponde el pago?

Todos los que estén en planilla en una empresa privada, y como se dijo, que genere rentas de tercera categoría y supere los 20 empleados.

Se considerarán días laborados no solo aquellos donde se cumplió la jornada ordinaria, sino también los días de descanso prenatal y posnatal (mujeres). Las ausencias deben ser consideradas como asistencias siempre que respondan a mandatos legales —como licencias sindicales, despido nulo en caso de reposición o lactancia, entre otros—. Los extrabajadores también la reciben conforme las fórmulas citadas.

García puntualiza que un trabajador puede preguntar a su empresa cómo calculó la utilidad.

¿Qué pasa si mi empleador no la deposita?

García recuerda que Sunafil, de verificar que se incumple con dar utilidades a su trabajador, actúa de oficio para sancionarla. Dependiendo de la gravedad y tamaño de la empresa, la multa oscila entre los S/1.138 hasta los S/260.023.

Vale acotar que las utilidades se pagan en un plazo máximo de 30 días después de que la empresa presenten la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta. Se generará un cronograma de acuerdo al RUC de la empresa, habitualmente, culmina a mediados de mayo.

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