¿Cómo evitar llamadas y correos publicitarios no deseados?

¿Cómo evitar llamadas y correos publicitarios no deseados?

La persona que recibe llamadas y correos publicitarios no deseados puede denunciar de forma directa ante Indecopi o solicitar directamente el retiro de su autorización a la empresa que le viene enviando publicidad, como también el cese de uso de sus datos personales.

Por: Alex Sosa Huapaya el 16 Diciembre 2020

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Las llamadas, los mensajes de texto y los correos electrónicos publicitarios no autorizados se han convertido en un problema cotidiano para las personas, el cual se ha visto incrementado con la pandemia. Lamentablemente, la mayoría de las veces, se desconoce el origen de la aceptación del envío de estos mensajes y, en el caso de las llamadas, genera desconfianza, ya que no siempre sabemos si se trata de una urgencia o de publicidad. Ante ello, cabe preguntarse ¿cómo podemos solucionar este problema?

Normativa vigente

A partir del 2018, el Código de Protección y Defensa del Consumidor establece en el inciso e) de su artículo 58 que las empresas no deben hacer llamadas publicitarias ni enviar mensajes de texto o correos electrónicos comerciales masivos a clientes que no han autorizado previa y expresamente el envío de este tipo de publicidad. 

En el Perú, se prohíben las llamadas publicitarias, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos comerciales que no hayan sido previa y expresamente autorizados por el consumidor, según el artículo 58 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

A pesar de esta restricción, el problema persiste en un gran porcentaje de la población. Asimismo, con la pandemia de la COVID-19, se ha incrementado el uso del internet para realizar sus transacciones comerciales, lo cual ha generado como consecuencia un incremento en el uso de esta modalidad publicitaria por parte de los proveedores. Es por ello que el Indecopi ha intensificado sus campañas de investigación y sanción a las empresas que realizan estas prácticas. 

Mecanismos de denuncia

Si un consumidor recibe estos mensajes y cree no haberlos autorizado, puede comunicarse con Indecopi. Desde el 2018, se habilitó un número de WhatsApp llamado "WhatsApp, No insista" (999273647), mediante el cual puede informar que recibe llamadas, mensajes de texto o correos publicitarios no autorizados. A través de dicho canal, puede adjuntar pantallazos u otras pruebas, a fin de facilitar la identificación y sanción de la empresa que ha incurrido en la falta, con multas que pueden llegar hasta las 450 UIT.

Cabe señalar que, para presentar una denuncia ante Indecopi, no se necesita de un abogado. La tasa para interponer la denuncia tiene un costo de S/. 36. En todo caso, si el consumidor no desea involucrarse en un procedimiento de este tipo, es mejor enviar la denuncia a través del número de WhatsApp que el INDECOPI ha puesto a disposición. Otra opción es comunicarnos de forma directa con la empresa responsable, si la hemos identificado previamente, para exigirle que retire nuestros datos personales de su registro y/o cese el envío de publicidad a través de llamadas o mensajes electrónicos. La empresa está obligada a cumplir con lo solicitado.

En caso de que hubiese autorizado a la empresa a enviar estos mensajes, de forma consciente o involuntaria, la persona puede revocar dicha autorización. 

Los consumidores deben tener mucho cuidado con los contratos u otros documentos digitales que acepten cuando naveguen por internet o realizan alguna transacción. Una lectura diligente de ellos podría evitar que autoricen de forma involuntaria el envío de publicidad comercial. La diligencia es clave para evitar estos problemas. ¿Has recibido este tipo de publicidad? Cuéntanos tu experiencia.

En el Perú, se prohíben las llamadas publicitarias, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos comerciales que no hayan sido previa y expresamente autorizados por el consumidor, según el artículo 58 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Alex Sosa Huapaya

Abogado Summa Cum Laude por la Universidad de Lima. Magíster en Derecho de la Propiedad Intelectual y de la Competencia por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Candidato a Doctor por la PUCP. Se desempeñó en el cargo de consejero del Estudio Diez Canseco – Competencia y PI. Antes de ello, fue jefe legal del Área de Competencia y Relaciones de Consumo de CLARO. Ha sido secretario técnico de la Comisión Permanente de Ética del Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria (CONAR).

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