
Una de las modalidades de inversión más usadas en nuestro país es el de Asociaciones Público Privadas (APP), ya que permite la participación del sector privado en una obra de interés público. La agencia estatal Proinversión señala que las APP pueden clasificarse en autosostenibles y cofinanciadas.
APP autosostenibles
Son aquellos proyectos que, por lo general, no necesitan recurrir a financiamiento o garantías del sector estatal, de tal forma que son rentables con los ingresos propios del negocio.
En caso se necesitara algún tipo de garantías del Estado, estas no deben superar algunos límites, como: las garantías financieras no pueden ser mayores al 5% del costo total de inversión, mientras que las garantías no financieras debe tener una probabilidad de uso de recursos públicos no mayor al 10% para cada uno de los primeros cinco años de ejecución del proyecto.
Esta clase de APP no pasa por el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), con lo cual se facilita su ejecución.
APP cofinanciadas
Son aquellas APP que requieren del cofinanciamiento o del otorgamiento o contratación de garantías financieras, o garantías no financieras que tengan una probabilidad significativa de demandar el uso de recursos públicos.
Proinversión explica que los proyectos que resulten clasificados como cofinanciados deberán cumplir con todos los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, la Ley del Sistema Nacional del Endeudamiento y sus modificatorias, así como demás normas correspondientes.
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FUENTE CONSULTADA:
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