
Un régimen tributario abarca las categorías con las que una persona, jurídica o natural, que tiene una empresa o iniciará una, se registra obligatoriamente a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Así, el régimen establece la forma en la que se realizan los pagos y los niveles de pagos de los impuestos. Desde enero del 2017, el Gobierno ha establecido cuatro tipos de regímenes tributarios. Estos tienen distintas características y especificaciones.
1. Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS). Está orientado a una persona natural, con límites de ingresos y compras de hasta 96 mil soles anuales u 8 mil soles mensuales. Requieren comprobantes de pago como boleta de venta y tickets que no dan derecho a crédito fiscal, gasto o costo. No emiten una Declaración Jurada Anual - Renta, poseen un valor de activos fijos de 70 mil soles y funcionan como empresas sin límite de trabajadores.
2. Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER). Está dirigido a personas naturales y jurídicas que obtengan rentas de tercera categoría. Califican aquellos que tienen ingresos netos al año o adquisiciones que no superan los 525 mil soles y cuyos activos fijos no sobrepasen los 126 mil soles. Además, las compañías no deben superar los 10 empleados por turno.
3. Régimen General (RG). Destinado a personas jurídicas y naturales; no existe límite de ingresos y compras al año. Exige comprobantes como factura, boleta y todos los que estén permitidos. Requiere de una Declaración Jurada Anual - Renta y las empresas no tienen límite de empleados.
4. Régimen MYPE Tributario (RMT). Está orientado a las micro y pequeñas firmas, para personas naturales y jurídicas. Los ingresos netos no deben superar las 1700 UIT en el ejercicio gravable. No hay límite de compras anuales, requiere facturas, boletas y demás comprobantes permitidos y, además, una Declaración Jurada Anual - Renta. Las compañías no tienen límite de empleados y tampoco de valor de activos fijos.
El último cambio que se realizó a los regímenes fue el 31 de octubre del 2018. Cada persona debe cumplir con las obligaciones específicas de declaración y pago con la Sunat, a fin de evitar problemas legales que puedan mermar el avance de su gestión empresarial.
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Fuentes:
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