El desbalance patrimonial no justificado es el aumento del valor patrimonial de un contribuyente, sin que este haya podido acreditar su causa, fuente o procedencia. Se puede generar a partir del incremento de los activos (bienes) o de la disminución de los pasivos (deudas); es decir, cuando los gastos son mayores a sus ingresos declarados.
Para la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración (SUNAT), las personas sujetas a fiscalización son todas aquellas que ostentan una elevada capacidad de gasto o riqueza desmedida. Pero, ¿cómo se determina un desbalance patrimonial no justificado?
Esto se establece gracias al cruce de información de diferentes fuentes, práctica que tiene como finalidad obtener datos sobre aspectos esenciales como los gastos, los consumos y las transacciones que realiza un contribuyente. Esta tarea la realiza la SUNAT con la ayuda de las siguientes instituciones y entes:
Muchas personas naturales no cuentan con un contador, por lo que desconocen sus obligaciones tributarias. Esto hace que el desbalance patrimonial no justificado sea un problema común; por ende, la necesidad de informarse sobre qué hacer en estos casos.
Si bien una persona puede detectar un desbalance sin que la SUNAT le haga llegar una notificación (en estos casos conviene disminuir el monto de la multa reconociendo la deuda), son más las ocasiones en las que existe desconocimiento. Por tanto, estas son algunas acciones que se pueden realizar en dicha circunstancia:
Toda persona que haya sido notificada por la SUNAT por un presunto desbalance patrimonial, puede y debe disponer de los siguientes elementos para presentar una correcta sustentación:
Por último, es importante mencionar que el desbalance patrimonial puede conllevar a la pena privativa de libertad (desde los 5 hasta los 12 años) si las denuncias por delitos de defraudación tributaria terminan siendo válidas. Sin embargo, también es preciso indicar que no todo desbalance necesariamente representa una omisión tributaria. Si el origen de la supuesta infracción es acreditado adecuadamente, no existirá inconsistencia alguna con las declaraciones presentadas, por lo que el contribuyente no tendría ninguna deuda pendiente.
Fuentes:
La Fiscalización ante incremento patrimonial no justificado (IPNJ)
CLX Seminario de Derecho Tributario: Incremento Patrimonial No Justificado
Lavado de activos: desbalance patrimonial no justificado es insuficiente para condenar
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