La agilidad empresarial y la aparente lentitud del derecho del trabajo

La agilidad empresarial y la aparente lentitud del derecho del trabajo

Cada vez más empresas se transforman y adoptan nuevas metodologías de trabajo que les permiten adaptarse mejor a las necesidades del mercado. Sin embargo, ¿están las leyes laborales en la misma sintonía?

Por: Saúl Flores Crovetto el 09 Agosto 2022

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El mundo de hoy evoluciona de forma constante y veloz. Lo que hasta ayer parecía algo nuevo, hoy ya no lo es. Este contexto impacta significativamente a las empresas, generando la necesidad de adaptarse a la nueva realidad. El mundo globalizado y altamente tecnológico, de plena digitalización y sobrepoblado de información estratégica, demanda de las empresas flexibilidad y una rápida adaptación. Un mercado disruptivo y exigente requiere empresas con gran reacción para no perder competitividad.

La agilidad empresarial

Cada vez más empresas optan por transformar su forma de trabajo e incorporan “agilidad” en sus procesos. ¿En qué consiste la agilidad? Es una manera de organizar el trabajo que surgió en equipos de tecnología, quienes buscaban rapidez y eficacia en el desarrollo de software.

En el 2001 un grupo de expertos crearon el “Manifiesto Agile” que contiene principios y valores para una nueva manera de organizar el desarrollo de software en menos tiempo, más eficiente y aprendiendo de los errores. El éxito de esta forma de organizar el trabajo traspasó a los equipos tecnológicos y logró que las empresas lo repliquen en otras áreas. Así, la agilidad se convirtió en la forma de trabajo de empresas que buscan adaptarse rápidamente a los cambios y contextos complejos.

La agilidad es hoy un mindset que transforma la organización de una empresa: la ruta rígida y planificada le cede su lugar a la rápida adaptación, se priorizan equipos multifuncionales y se combate el trabajo por silos, se elimina la burocracia interna, las personas y sus relaciones son claves para los objetivos “customer centric”. La jerarquía tradicional en los equipos es reemplazada por flexibilidad, por una horizontalidad para la mejor interacción, con líderes que empoderan a sus equipos, potenciándolos y guiándolos hacia los objetivos.

El derecho del trabajo

En el siglo XIX surgió el derecho del trabajo en medio de una gran desigualdad económica. Las ciudades iniciaban su industrialización y los trabajadores soportaban condiciones infrahumanas. Este contexto motivó la creación de una clase trabajadora que buscó detener abusos y asegurar condiciones de trabajo dignas. El derecho del trabajo existe para buscar reducir las diferencias entre el empleador (dueño de medios de producción) y el trabajador (ofrece su fuerza de trabajo), pues asume una relación desigual e intenta nivelarla, protegiendo al trabajador por creerlo en desventaja.

En este contexto, aparece la subordinación como el concepto central donde el trabajador ofrece su actividad y el empleador el poder de dirigirla. Esta relación de jerarquía y verticalidad permite al empleador ejercer su poder de dirigir, fiscalizar y sancionar al trabajador; sin embargo, como fuera advertido por Javier Neves, exministro de Trabajo y Promoción del Empleo del Perú, abogado laboralista, y docente universitario, el empleador decidirá si lo ejerce y en qué grado, según las necesidades de la empresa.

Conocer el contexto que origina el derecho del trabajo es relevante para entender su esencia y las ideas que sustentan sus principios. A pesar de que su origen se remonte al siglo XIX, las leyes laborales y conceptos vigentes responden aún a la lógica de esa época. Por esto, ante la existencia de una nueva forma de organización del trabajo que interactuará con nuestra legislación laboral, debemos aceptar que entre ambas existen conceptos estructurales disímiles, siendo imperativo buscar fórmulas que fortalezcan la relación empleador - trabajador y potencie sus ventajas.

De una simple comparación podría notarse que el derecho del trabajo vigente, soportado en conceptos teóricos construidos sobre la relación jerárquica y vertical entre empleador – trabajador, que privilegia y exige el respeto de formalidades y que parece lento y rígido, podría tener dificultades cuando imponga sus conceptos y criterios en aquellas organizaciones que trabajan con metodología ágil, la cual como hemos visto contiene, no solo dos siglos de diferencia respecto al derecho del trabajo, sino también pocas coincidencias.

Las leyes laborales, sus operadores y el ecosistema en el que interactúan, deben ser flexibles y adaptarse a los cambios. Los conceptos legales per se, no pueden anteponerse a las realidades que, teóricamente, ellos mismos buscan regular. El reto está en entender las nuevas realidades e identificar la mejor forma de articular las leyes vigentes con los contextos actuales, privilegiando el beneficio de las partes involucradas. El Derecho del Trabajo moderno requerirá entrenamiento y comprobaremos que tan ágil quiere y puede ser.

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El reto está en entender las nuevas realidades e identificar la mejor forma de articular las leyes vigentes con los contextos actuales, privilegiando el beneficio de las partes involucradas.

Saúl Flores Crovetto

Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Recursos Humanos por el Centro de Estudios Garrigues de Madrid y por la Universidad Antonio de Nebrija de Madrid. Profesional con más de 15 años de experiencia en derecho laboral individual y colectivo, así como en recursos humanos. Abogado del Área Laboral en el Estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas. Abogado del Área Laboral del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano. Miembro del Área de Relaciones Laborales en Cervecería Backus. Actualmente Sub Gerente de Relaciones Laborales en Rímac Seguros. Profesor de la Escuela de Postgrado UPC y ESAN.