
La doble imposición es un fenómeno fiscal que obliga a los contribuyentes a pagar impuestos por partida doble. Los convenios de doble imposición, firmados entre países, establecen los procesos y las normativas necesarias para resolver el problema.
La doble imposición tributaria es uno de los fenómenos fiscales más desagradables para las empresas o profesionales que lo sufren. Si la carga fiscal ya es bastante elevada en muchos países, ¿imagina tener que pagar un mismo impuesto por partida doble? No obstante, existen mecanismos para solucionar este problema, que forman parte de la legislación de cada país y de los convenios internacionales firmados.
Las organizaciones y los trabajadores independientes obtienen rentas a partir de sus actividades laborales o económicas, y deben tributar por ellas en el país o los países donde las realicen. La doble imposición tributaria surge cuando cada país implicado considera que la fuente que genera la renta se encuentra en su territorio.
Otro conflicto similar se produce cuando un país grava la renta de los contribuyentes y otro país grava a algunos de esos mismos sujetos, con base en el criterio de la fuente de origen de la renta. Si el Estado que emplea el criterio territorial no acepta un crédito por el impuesto pagado en el extranjero, estaremos ante una doble imposición tributaria.
Para resolver posibles casos de doble imposición internacional, los Estados celebran convenios o acuerdos que contemplan una normativa para evitar este problema y los mecanismos de colaboración entre administraciones tributarias. Los países firmantes renuncian a gravar ciertas ganancias y acuerdan que sólo uno de ellos cobre el impuesto respectivo o realice una imposición compartida.
Existen diversos tipos de doble imposición según las circunstancias en que se produzca. Entre ellos, podemos mencionar:
La doble imposición tributaria tiende a presentarse en especial en los impuestos al patrimonio y a la renta. Por las características de la legislación peruana, el problema se vincula, sobre todo, con el impuesto a la renta (IR). Las multinacionales suelen correr más riesgo de sufrir una doble imposición tributaria, porque suelen recurrir al planeamiento tributario.
Un elemento básico del IR es que los Estados definan qué rentas gravarán. En teoría, pueden gravar a sus residentes, por la integridad de sus rentas, o gravar las rentas producidas en el territorio nacional, sin importar el domicilio, la residencia o la nacionalidad. Aunque los países latinoamericanos suelen emplear el segundo criterio porque favorece el cobro a inversionistas extranjeros, desde 1968, el Perú trabaja con el primer criterio para gravar a residentes por sus rentas de fuente mundial.
Esperamos que esta información te ayude a entender mejor el problema relacionado con la doble imposición tributaria.
Referencias
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