Sentencias laborales

Sentencias laborales

César Puntriano, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo, habla sobre la nueva filosofía laboral que abogados y magistrados tendrán que asimilar a partir de la Nueva Ley del Trabajo. Los detalles en este artículo para el suplemento Jurídica del diario oficial El Peruano.

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El 15 de enero del 2010 se publicó la Ley N° 29497, Nueva Ley del Trabajo (NLPT), que, con su Novena Disposición Complementaria, entraba en vigencia a los seis meses de su publicación, es decir, julio del 2010. Sin embargo, su implementación iba ser progresiva en los diversos distritos judiciales del país. A casi ocho años de su entrada en vigencia en la mayoría de distritos judiciales, podemos afirmar que su adopción constituye un acierto, pues ha dotado de una dinámica distinta a los procesos laborales en comparación con la norma previa (Ley N° 26636, Ley Procesal del Trabajo).

El cambio en la concepción del proceso laboral es fundamental, pues con la introducción de la oralidad ha ocurrido lo que el profesor Mario Pasco denominó un "cambio de paradigma". Con la NLPT el juez ostenta un rol fundamental, dirigir el proceso, pero además los procesos judiciales se han vuelto más ágiles, apoyados en el uso intensivo de la tecnología, sea para la grabación de las audiencias en audio y en video, como para la notificación electrónica de las resoluciones.

Es más, nuestra especialidad laboral formará parte del plan piloto para la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en Lima. El EJE es una herramienta que posibilitará el uso de nuevas tecnologías de información y comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, lo cual habilitará a los ciudadanos a presentar sus escritos por internet, mediante su abogado, desde su hogar u oficina (mesa de partes electrónica); además, le permitirá revisar el expediente en línea, recibiendo en su correo electrónico un aviso, cada vez que le sea remitida una notificación en su casilla electrónica.

Con la NLPT y el EJE se modernizará la justicia laboral, colocándola a la altura de los ordenamientos procesales de otros países de nuestra región. La nueva filosofía del proceso laboral exige que tanto las partes, sus abogados y los magistrados afrontemos de manera distinta el proceso laboral, con mayor compromiso y dedicación, dejando de lado el recurso al documento por la palabra, obviando formalismos innecesarios, con la finalidad de agilizar la resolución de los casos y hacer realidad el derecho a la tutela judicial efectiva, pues muchas veces la excesiva demora de los procesos judiciales ha tornado en irreparable el daño, restando total efectividad a nuestro sistema de justicia.

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Fuente: El Peruano