
El Tribunal Constitucional (TC) se ha pronunciado sobre los supuestos y requisitos para realizar la prueba del polígrafo en los centros de trabajo (STC Exp. 00273-210-PA/TC). Sin embargo, debe tenerse en cuenta que el TC no está permitiendo un uso amplio e indiscriminado de esta prueba, pues ello resultaría lesivo contra la dignidad y el derecho a la intimidad del trabajador. Su aplicación debe ser excepcional y contar con una adecuada implementación.
¿En qué consiste?
La prueba del polígrafo permite registrar los diversos cambios en los patrones cardiovasculares, respiratorios y electrodérmicos que experimenta una persona al responder una pregunta. Se trata, pues, de una técnica que sirve para hacer un diagnóstico del apartamiento consciente de la verdad o no de una persona al momento de emitir sus respuestas1.
¿Cuándo está permitida la prueba del polígrafo en el ámbito de las relaciones laborales?



El pronunciamiento del TC sobre el uso del polígrafo en las relaciones laborales es importante por cuanto delimita su implementación y utilización. Se trata de una herramienta de carácter excepcional que contribuye a la investigación de una falta laboral, pero no debe ser el medio exclusivo para imputar responsabilidades. Tener en cuenta que su fiabilidad ha sido cuestionada técnicamente en diversos lugares del mundo y tiene poca aceptación probatoria entre los inspectores del trabajo y jueces laborales. Si bien está permitida su utilización, es necesario tener una regulación o precisión normativa de esta materia6 sobre la base de la ponderación de derechos realizada por el TC.2Regulado desde 1988 en: "Employee Polygraph Protection Act-EPPA" - Ley de Protección de Empleados ante el Polígrafo.
3Norma establecida en la Resolución 2593 de 2003, emitida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
4Sobre la utilización del polígrafo, recientemente, se ha pronunciado el Ministerio de Trabajo de Colombia en el ASUNTO: Radicado No. 14178 de 20131 Proceso de selección de personal. Prueba del polígrafo.
5Recientemente el Tribunal Regional de Trabajo de la Décima Región - Brasilia (TRT-10) condenó a una aerolínea al pago de una indemnización de un millón de reales por causar "daños morales colectivos" al utilizar el polígrafo para hacer pruebas con sus empleados. En opinión de los miembros del Tribunal, el polígrafo viola la intimidad y la dignidad de los empleados o candidatos a un puesto de trabajo. http://trt-10.jusbrasil.com.br/noticias/120469944/american-airlines-e-condenada-por-submeter-trabalhadores-a-detector-de-mentiras
6Ello va acorde con la marcada tendencia de las Legislaciones Latinoamericanas de apostar por la regulación de Datos Personales, tal como ha sucedido en el Perú con Ley No. 29733 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No. 003-2013-JUS.

El Decreto Legislativo 1405 brinda nuevas facilidades para balancear el trabajo y la vida personal/familiar de los trabajadores, pero también los obliga a seguir determinados requisitos para solicitar sus días de descanso.
Antes de mencionar los puntos claves que se deben tomar en cuenta para cumplir con la normativa que prohíbe la discriminación salarial, es importante conocer la situación que vive el Perú. En el país, la brecha salarial entre hombres y mujeres es de alrededor del 30 %, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Además, ocupa el puesto 89 de 145 países en brecha de género de acuerdo al Foro Económico Mundial (WEF).
Las modificaciones en la legislación laboral, el crecimiento de los sindicatos y el fortalecimiento de la fiscalización laboral pueden convertirse en un dolor de cabeza para las empresas si no se evalúan mecanismos de prevención de riesgos.