Va en marcha el reordenamiento de la planilla estatal

Va en marcha el reordenamiento de la planilla estatal

El gobierno promulgó la controvertida Ley de Servicio Civil, la cual será implementada en seis meses. Para Germán Lora, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, los trabajadores públicos han sido mal informados sobre los alcances de la norma.

Por: Conexión Esan el 11 Julio 2013

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ley_servicio_civil_lora.jpgEn medio de una serie de protestas, el Gobierno promulgó la Ley del Servicio Civil, que tiene como objetivo ordenar el régimen laboral en el sector público, pero que ha recibido el rechazo de los gremios sindicales que temen despidos de trabajadores producto de la norma.

La ministra de Trabajo, Nancy Laos, sostuvo que la ley otorga beneficios tangibles a los trabajadores públicos y negó que esta tenga como finalidad generar una ola de despidos. En esa línea, explicó que los trabajadores del régimen CAS (Contrato Administrativo por Servicios) podrán acceder a dos gratificaciones por año en función de su sueldo y la posibilidad de contar con la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Dijo que si bien la incorporación de las entidades a la carrera de servicio civil es voluntaria, señaló estar convencida de que ningún trabajador desaprovechará las oportunidades que ofrece la nueva norma. Además, explicó que la ley será implementada en las instituciones del Estado en un plazo de seis meses.

La norma exigirá que cada institución del Estado evalúe las funciones que van a cumplir, los puestos que deben tener, las remuneraciones que les corresponde recibir y hasta el perfil de sus colaboradores. Incluso, algunos ministerios, como Producción, Relaciones Exteriores, Justicia y Salud, ya trabajan en ese mapeo laboral.

Sin embargo, la ley muestra algunos vacíos, pues excluye de su alcance a algunas instituciones, como la Sunat, el Banco Central de Reserva y el Congreso de la República, entre otros.

Al respecto Germán Lora, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, sostuvo que la norma no regula la posibilidad de que los trabajadores públicos puedan negociar colectivamente, pero sí permite que se puedan fijar algunas condiciones de trabajo, como capacitación, vestimenta y salud. "La propia Constitución establece que los servidores públicos solo tienen derechos colectivos de huelga y sindicalización, pero no el de realizar una negociación colectiva para aumentos salariales", explicó en entrevista con gestión.pe.

Incluso, indicó, en la Ley de Presupuesto del 2013 se establece que los trabajadores públicos solo pueden negociar condiciones laborales. "No es correcto presionar al Estado con una negociación colectiva", apuntó.

sumillas_ley_servicio_civil_lora.jpgLora consideró que los trabajadores estatales están mal informados en tres aspectos: que los van a despedir a todos, que se les prohíbe la negociación colectiva y que será más fácil sacarlos de su puesto laboral.

"No se puede despedir masivamente por una norma, eso sería inconstitucional. No se ha eliminado la negociación colectiva, pues nunca existió para el Estado. Y los servidores que no pasen las evaluaciones tendrán que ser capacitados por sus instituciones; luego de eso se determinará si cumplen con sus funciones adecuadamente", refirió.

Sin embargo, el laboralista advirtió que la Ley de Servicio Civil no contempla indemnizaciones en caso desaparezca una institución estatal, pero éstas pueden incluirse en el reglamento.

¿Considera usted que la Ley de Servicio Civil cumplirá con el objetivo de ordenar las planillas del Estado?

Esta entrada contiene un comentario de:
Germán Lora Álvarez
Abogado socio del Estudio Payet Rey Cauvi con especialización en Derecho Laboral, Derecho Previsional y Derecho Mercantil. Con estudios de Posgrado, Universidad de Castilla La Mancha. Máster en Derecho de la Empresa, Universidad de Navarra. Licenciado en Derecho, Universidad de Lima.
Profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN

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