Congreso aprobó nueva normativa laboral en favor de gestantes

Congreso aprobó nueva normativa laboral en favor de gestantes

Para Germán Lora, profesor del PEE en Derecho Corporativo de ESAN, esta medida afectaría negativamente a las utilidades del resto de trabajadores. Asimismo César Puntriano, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo, apunta que la inasistencia de la madre trabajadora no obedece al ejercicio de un derecho laboral ni un hecho imputable al trabajador. Los detalles en este artículo del diario Gestión.

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El Congreso de la República aprobó recientemente una autógrafa de ley que busca modificar el Decreto Legislativo N° 892 para que se consideren como laborados los días de descanso prenatal y posnatal de las trabajadoras. Con ello, esta norma -que espera el respaldo del Ejecutivo- permitiría que el cálculo para la repartición de utilidades de las empresas entre los empleados incluya estos días como reales y efectivamente trabajados.

¿Riesgos?

Para Germán Lora, profesor del PEE en Derecho Corporativo de ESAN, una medida como esta desnaturaliza el beneficio que conlleva el cobro de utilidades: "Ahí el cuestionamiento es que se podría desnaturalizar el beneficio de la utilidad porque esta se paga por los días efectivamente laborados, es decir, por el tiempo que el trabajador contribuya a su generación", explicó.

Además, detalló que la publicación de esta ley no ocasionaría ninguna incidencia en las empresas -porque el cálculo de las utilidades no varía-. Por el contrario, la repercusión la sentirán los otros trabajadores que no gocen de estos días por la maternidad.

"El trabajador que ha laborado los 365 días del año para obtener una buena utilidad la va a ver mermada porque se repartiría el monto con una persona que estuvo casi tres meses y medio fuera de la empresa", añadió.

Una medida populista

Por su parte, César Puntriano, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, criticó el sentido de la nueva norma: "Nuestra legislación reconoce una protección especial a la madre que trabaja (no discriminación al contratarla, no realizar labores de riesgo, descanso por maternidad, subsidios, entre otros), por lo que este tipo de medidas carecen de razonabilidad. Son populistas".

Finalmente, el docente señaló una falta de argumentos con respecto a esta disposición del Congreso: "No veo razón objetiva para incluir a los días de descanso por maternidad, pues la inasistencia de la madre trabajadora no obedece al ejercicio de un derecho laboral ni tampoco con un hecho imputable al empleador".

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Fuente: Gestión.