
La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) define a los instrumentos derivados como aquellos productos financieros cuyo valor depende de otro activo como pueden ser las acciones, los índices bursátiles, los instrumentos de deuda, o divisas como el dólar u otros bienes como el petróleo. Por eso es que se dice que el valor de estos instrumentos se "deriva" del valor del activo subyacente que representa.
En ese sentido, se toma a un derivado financiero como un contrato en el que se establecen determinadas condiciones, obligaciones y derechos sobre la base de lo que sucede con otro activo (denominado activo subyacente).
Una característica de los instrumentos derivados financieros es que se constituyen como un contrato pactado hoy bajo ciertas condiciones, pero cuya ejecución se dará recién en una fecha futura, lo que hace que existan diferentes situaciones que deben ser consideradas en una estructura de este tipo. Este análisis permite a su vez que en el diseño del contrato de derivados se pueda dar una mejor cobertura de los riesgos previamente evaluados.
Los derivados son utilizados para diversas situaciones por parte de las empresas. Una de los principales usos es como mecanismo de cobertura ante riesgos, dado que se pueden definir hoy las condiciones de negociación independientemente de lo que pase en el futuro.
Otro uso que se le da es como mecanismo para tomar "exposición" sobre un activo a un costo menor del que se incurriría comprando hoy el activo (debido a que el costo de entrar en un contrato de derivados es menor comparado con el precio del activo).
Tipos de derivados:
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FUENTE CONSULTADA:
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