Cambios laborales no toman en cuenta sobrecostos a empresas

Cambios laborales no toman en cuenta sobrecostos a empresas

El paquete que modifica la Ley de Seguridad y Seguro en el Trabajo ya fue aprobado por el Congreso, quedando lista para su promulgación. Sin embargo, para Ricardo Herrera, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, el principal reclamo de los empresarios no se estaría resolviendo con estos cambios.

Por: Conexión Esan el 10 Julio 2014

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cambios_laborales.jpgLa Comisión Permanente del Congreso aprobó los cambios a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, propuesta que fue enviada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) como parte de las medidas anunciadas para reactivar el crecimiento económico del país.

Según la propuesta aprobada, durante los primeros tres años de entrada en vigencia la norma, la fiscalización laboral solo aplicará un tope de 35% de las multas que se imponga a las empresas por infracciones laborales, sin perjuicio de la gradualidad de pago. Además, se aprobó la reducción de ocho a cuatro años de cárcel contra los responsables de infracción a la ley en caso de muerte del trabajador.

Asimismo, en el texto final se agregaron tres cambios: la participación gremial de las Mypes en el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la aprobación de registros simplificados de la ley para las micro, pequeñas y medianas empresas que no realicen actividades de riesgo. Además, en el caso de invalidez permanente del trabajador no se exigirá la adecuación del puesto de trabajo con igual remuneración y cargo.

Al respecto, Ricardo Herrera, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, sostuvo que la eliminación de los sobrecostos laborales no ha sido abordada en los cambios propuestos a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. "Si bien las medidas revisan lo concerniente a multas y otros, no toca los temas estructurales que son el real problema de la inversión privada. Hay que atacar los sobrecostos y eso no se estaría dando", consideró.

cambios_laborales_sumillas.jpgSobre las modificaciones al nivel de multas, el experto -consultado por el diario Gestión- comentó que estos no son concretos. "Durante tres años, las multas de la Sunafil serán reducidas a un tope de 35%; sin embargo, en marzo esas mismas multas fueron multiplicadas por diez. Es evidente que bajarlas no atiende el clamor del empresariado. Las multas siguen siendo confiscatorias y pueden atentar contra la continuidad del centro de trabajo", advirtió.

En ese sentido, Herrera mencionó que ahora la multa más alta asciende a S/. 380,000 mientras que en el esquema anterior la más grave llegaba a S/. 76,000. "Hay que cambiar el criterio fiscalista de la Sunafil. Su labor debería ser de difusión y persuasión, más que sancionador", criticó.

 

¿Considera usted necesario que se reduzcan los sobrecostos laborales en la actual coyuntura económica?

Esta entrada contiene un comentario de:
Ricardo Herrera
Abogado, Pontificia Universidad Católica del Perú. Magister en Derecho Constitucional (Pontificia Universidad Católica del Perú). Actualmente Socio Principal del Estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman y Olaya Abogados.
Profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN.

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