
En su última presentación ante el Congreso, la jefa de la Sunat, Tania Quispe, reveló que su despacho ha detectado a cerca de 50,000 contribuyentes que serían responsables solidarios por deudas tributarias atribuibles a la gestión que realizaron las empresas que dirigían. Se trata de gerentes y otros ejecutivos, cuyo patrimonio personal sería afectado con el cobro de la Sunat.
La estrategia de la entidad recaudadora para la recuperación de una deuda impaga está estructurada en cuatro etapas referidas a la cobranza inductiva para una morosidad a 30 días; de baja morosidad para retrasos de 30 a 60 días; de alta morosidad de 60 a 90 días, y de difícil recuperación para más de 90 días.
En la primera, el requerimiento es mediante la telecobranza, mensajes SMS, cartas digitales, correos electrónicos y visitas. En la segunda, proceden embargos electrónicos, retenciones bancarias u otros, como embargos con inscripciones en los registros públicos, depósitos sin extracción e intervención en información.
Para el tercer caso están las inscripciones en registros públicos, depósitos con extracción, remates e intervención en la recaudación, y, en el último, los embargos de los activos de las empresas y la responsabilidad solidaria.
La atribución de responsabilidad solidaria es una de las facultades de la Sunat, contenidas en el Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, que establece la obligación de los representantes legales de pagar los tributos con los recursos que administren o dispongan.
Los casos de responsabilidad solidaria se aplican cuando las empresas deudoras al Fisco tienen la condición de domicilio no habido, entre otros. Según Tania Quispe, la Sunat inició sus acciones con cartas inductivas enviadas a un grupo de gerentes, cuyas empresas sí tenían capacidad financiera para el pago de tributos.
En 2012, la institución tributaria recaudó más de S/.151 millones por responsabilidad solidaria de gerentes.
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Al respecto, Jorge Picón, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, comentó que en la determinación de la responsabilidad solidaria se están violando el procedimiento básico, ya que dicha atribución es una excepción y no se puede presumir.
"Para que el gerente sea responsable solidario es necesario, según el Código Tributario, que se pruebe una inconducta, pero, en muchos casos, la Sunat está presumiendo la responsabilidad del gerente de la empresa solo porque ésta tiene una deuda tributaria, y en muchos casos no corresponde", consideró.
Picón criticó el sistema de determinación de la deuda tributaria porque las empresas se vuelvan insolventes y porque el procedimiento hace que la deuda no pueda ser pagada.
"En el caso de que se atribuya una responsabilidad solidaria al gerente se debe tener más cuidado ya que con ese procedimiento se pueden embargar cuentas bancarias o su casa, se está cambiando el patrimonio y la vida de las personas, por esa razón la norma tributaria exige que se pruebe una negligencia del gerente", recalcó en declaraciones a Gestión.
¿Considera que la Sunat se está excediendo en sus atribuciones para el cobro de deudas a empresas?
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