¿Puede el Estado cobrarse a sí mismo?

¿Puede el Estado cobrarse a sí mismo?

El pasado mes de noviembre, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) ordenó el embargo en forma de retención de más de 43 millones a la Fuerza Aérea del Perú (FAP), lo cual abrió el debate acerca de si las instituciones que componen el Estado pueden ser objeto de obligaciones tributarias.

Por: Conexión Esan el 16 Enero 2014

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estado_cobrarse.jpgLa Resolución Coactiva Nº 0210070159955 emitida por la Sunat dispuso el embargo en forma de retención hasta por un monto de 43 millones 548 mil 746 soles, literalmente "sobre los derechos de créditos, acreencias, bienes, dividendos, rentas de cuarta y quinta categoría, utilidades y dietas".

En el texto de dicha resolución no se especifica exactamente cuál es el origen de la deuda pero si se precisa que en la obligación tributaria están incluidos los intereses moratorios devengados hasta la fecha de la cancelación de la misma. Además estipula claramente que esta disposición "se mantendrá vigente hasta que se culmine con el monto sujeto a retención o el ejecutor coactivo levante expresamente la medida".

Dicha noticia levantó la preocupación de los ex ministros de Defensa, Daniel Mora y Ántero Flóres Áraoz, quienes se mostraron extrañados por esta medida. Éste último señaló que debió haber una mejor comunicación entre los titulares de las carteras de Economía y Defensa para evitar un problema de este tipo. Además, criticó el hecho de que el Estado se "quite recursos a sí mismo", puesto que la Sunat y la FAP son ambas organismos estatales.

Para Jorge Picón, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, lo sucedido es una muestra más de la desesperación y el desorden existentes en la Sunat en sus intentos por aumentar la recaudación a como dé lugar.

"Esta es una prueba del descontrol que está sufriendo la administración tributaria. Con las metas tan altas de recaudación que se les ha planteado, pareciera que en la Sunat están llegando a pensar que el fin justifica los medios. Evidentemente, si los objetivos de recaudación son casi imposibles de cumplir, y además a cada funcionario se le da poco tiempo y mucha carga laboral, es previsible que no haya tiempo para coordinar ni siquiera con otras entidades del Estado y que procedan a lanzarse sobre cualquier objetivo que se tiene a la vista", manifestó.

sumillas_estado_cobrarse.jpgAsimismo, el experto tributarista afirmó que se debe tener cuidado con este tipo de medidas pues podrían estar afectando un sector sensible de nuestro país que son las fuerzas armadas. 

"Creo que para todos resulta obvio que la FAP, siendo parte del Estado, no debería haber sido sometida a medidas coactivas pues en la práctica lo que se puede estar creando es un problema de seguridad nacional por cuestiones que se podrían haber resuelto simplemente en conversaciones de alto nivel. 

"No me consta, pero puede que el monto embargado haya estado destinado a la planilla, a la adquisición de bienes de mantenimiento de equipo o a alguna otra obligación vital de la institución. La falta de criterio que se ha tenido me parece una muestra clara de lo que está pasando con Sunat.", finalizó.

¿Cree usted que las instituciones el Estado deben ser afectas de embargos por el no pago de impuestos?

Esta entrada contiene un comentario de:
Jorge Picón Gonzáles
Abogado - Universidad de Lima. Magíster en Administración - ESAN. Doctorado en Derecho Empresarial - Universidad de Sevilla. Socio de Picon & Asociados, Asesores Tributarios. Se ha desempeñado como Intendente Nacional Jurídico y Gerente de Procedimientos Tributarios en la SUNAT. 

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