Todo lo que tienes que saber sobre el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

Todo lo que tienes que saber sobre el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

Desde el 2017, la tasa de pago de dicho impuesto es de 28 %. La obligación para con la Sunat asegura una tributación exitosa por parte de las empresas.

Por: Conexión Esan el 19 Marzo 2019

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El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría es un tributo aplicado cada año. Está enfocado en gravar la renta que se obtiene de las actividades empresariales, las cuales pueden realizar tanto personas jurídicas como naturales. De acuerdo con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), dichas rentas en su mayoría se producen por la participación conjunta tanto del trabajo como la inversión de capital.

Según esta institución, citando el artículo 55 de la Ley del Impuesto a la Renta, los contribuyentes que perciban rentas de tercera categoría están gravados en tres tipos de tasas. Hasta el 2014, la tasa aplicable era de 30 %; hasta el 2015-2016, era de 28 %, y del 2017 en adelante, la cifra es de 29,5 %. Por otro lado, el artículo 28 considera Rentas de Tercera Categoría a las siguientes 10 opciones:

  • Comercio
  • Agentes mediadores
  • Notarios
  • Ganancias de capital y operaciones habituales
  • Personas jurídicas
  • Asociación o sociedad civil
  • Otras rentas, no incluidas en las demás categorías
  • Cesión de bienes
  • Institución educativa particular

Patrimonio fideicometido, por sociedades titulizadoras, por fideicomisos bancarios y los fondos de inversión empresarial, en caso provengan del desarrollo o ejecución de una empresa. 

Todos aquellos que generen una renta empresarial, como parte de este impuesto, deberán presentar una Declaración Jurada. Esta se puede realizar de forma virtual, por medio de la web de la Sunat con el formulario virtual 703, con la clave SOL como forma de acceso.

Cabe recalcar que en el Perú existen cinco categorías. La primera se genera mes a mes y es producida por el alquiler o cesión de bienes muebles o inmuebles. La segunda categoría proviene de las ganancias de inversiones de capital invertido, ganancias de transferencia de inmuebles y valores mobiliarios. La cuarta categoría se impone a los ingresos por trabajo independiente y la quinta categoría es la retención mensual del impuesto a la renta del empleador al trabajador dependiente.

Hoy en día, las organizaciones se gestionan en un entorno en el que deben mantener relaciones óptimas con las entidades fiscalizadoras. Por ello, necesitan contar con el conocimiento y las prácticas debidas para regular cualquier tipo de tributación en sus operaciones.

Si quieres saber más sobre los regímenes, las normas y otras obligaciones legales, participa del Programa de Alta Especialización en Tributación Empresarial de ESAN.

También puedes leer:

Fuentes:

Sunat. "Concepto - Impuesto a la Renta - Empresas".

Sunat. "Tasas para la determinación del Impuesto a la Renta Anual".

Revista de Consultoría. "Caso Práctico para Determinar el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría".

El Comercio. "Sunat: ¿Quiénes deben declarar renta y cuánto deben pagar?".

Conexión Esan

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