
El ministro de Economía y Finanzas, Luis Castilla, anunció la suspensión temporal de la norma (Decreto Supremo Nº166-2013) que obliga a los trabajadores independientes menores de 40 años a aportar al sistema previsional, ya sea una administradora de fondo de pensiones (en este caso la AFP Habitat) o la Oficina de Normalización Previsional (ONP). La ley obligaba a los independientes que ganen entre S/.750 y S/.1,125 al mes a aportar el 5% de sus ingresos hasta el 2014, el 8% en el 2015 y el 10% en el 2016. Ahora, la obligación se iniciará a partir del 1 de agosto del 2014, según Castilla.
Asimismo, se reducen las tasas de los aportes establecidos inicialmente. "Se plantea hacer extensiva la gradualidad a todos los trabajadores independientes al margen del nivel de ingresos que tengan. Se establece que esta gradualidad empezará en 2.5% de aporte en el caso del Sistema Privado de Pensiones (SPP) el primer año y sube a 5% el segundo año, 7.5% el tercer año hasta el 10% en el cuarto año. Igual habrá una gradualidad similar en el caso de la ONP", detalló el ministro.
Para Enrique Díaz Ortega, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, la decisión del Ejecutivo significa un retroceso en el proceso de reforma del sistema previsional, pues han primado criterios políticos sobre los fundamentos técnicos. "El riesgo que existe es que se estanque el alcance del sistema de pensiones, pues este no será pleno si no se incluye a la gran masa de trabajadores independientes del país", refirió en declaraciones a Gestión. Sostuvo que la suspensión está introduciendo algo de inestabilidad al SPP al dejar en una posición vulnerable a una AFP (Habitat) que recién ingresa al mercado.
En tanto, la ministra de Trabajo, aseguró que la obligatoriedad se mantendrá, es decir, no se derogará la norma que dispone la retención de aportes de los independientes, pero reconoció que la vigencia de la misma será aplazada y perfeccionada. "Mientras tanto se devolverá el aporte de los independientes que ya tuvieron el descuento en sus recibos de honorarios", apuntó.
Al respecto, Jorge Toyama, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, sostuvo que si la empresa ya realizó la retención del aporte a las AFP o a la ONP, la nueva norma podría establecer que los empleadores devuelvan dicho importe a los trabajadores que les dieron el servicio como independientes.
Sin embargo, comentó a Gestión que si el aporte ya fue entregado a alguna de las entidades del sistema previsional, existen tres opciones: que el aporte retenido se considere como un aporte facultativo, sin fin previsional, de tal manera que el afiliado lo pueda retirar al 100%; que se pueda tratar como un pago a cuenta del futuro aporte que se haga cuando se reinicie el sistema; o que se ordene a la AFP u ONP la devolución de los aportes recibidos.
¿Está de acuerdo con la decisión del Ejecutivo de postergar los aportes obligatorios previsionales de los independientes?


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